derecho penal
Entre la Fundación Casa Blanco, R.I.F. J-302479530, Registro Mercantil- Sucre, Numero 36, Tomo A-32, Primer trimestre 1995 bajo el N° 39, Tomo 23,Protoco primero representada en este acto por su Presidente el Dr. Antonio Guzmán Blanco, venezolano, Medico, mayor de edad, de este domicilio, debidamente autorizado para la firma de este convenio quepara sus efectos se denominara “ SAHUAPA”por una parte y por la otra , Rimel , C.A, R.I.F. J-20335823-1, Registro Mercantil- sucre, Numero 30, tomo 41-A, Segundo Trimestre 1980, representada por elSr. Andrés Eloy Blanco, se ha convenido en celebrar el presente convenio por prestación de servicio, la cual se denominara “ La Compañía” el cual se regirá por las cláusulas siguientes:CLAUSULA PRIMERA: Suministrar los servicios al Hospital Central de Cumaná SAHUAPA.
CLAUSULA SEGUNDA: Garantizar el instrumento de trabajo en perfecto estado.
CLAUSULA TERCERA: La compañía, seráresponsable de la utilización de equipos requeridos para prestar el servicio, por la cual los daños y perjuicios se causaren a los mismos estarán a cargo de la Fundación Casa Blanco.
CLAUSULA CUARTA: A losefectos de vigilar el cumplimiento de este convenio el órgano regulador será el hospital SAHUAPA.
CLAUSULA QUINTA: El SAHUAPA cancelara a la Compañía, por la prestación de servicio la cantidad UNMILLARDO OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRECIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (1.833.333,33 Bs.F), las cuales serán pagadas por mensualidad de DOCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES(200.000,00 Bs.F), dentro de los primeros cinco (05) días finalizado el mes previa presentación de factura.
CLAUSULA SEXTA: El Hospital SAHUAPA se reserva el derecho de inspección.
CLAUSULA SEPTIMA: Serápor cuenta de la Compañía, todo los gastos relacionados con el personal instrumentalistas y/o especialista bajo su dirección y dependencia, incluidos pago de salario, Prestaciones Sociales, Seguro...
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