derecho penal
Como ejemplo la jurisprudencia ha señalado: “la encausada absuelta hubiera incurrido en el ilícito penal materia de autos, puesto que el ser propietaria del inmueble donde searrendaban cuartos no supone participación en la conducta de sus inquilinos, lo que está corroborado por el sentenciado, quien manifestó igualmente que las especies con adherencias de droga a quehace referencia el señor fiscal adjunto superior al fundamentar su recurso, las utilizó para transportar la pasta básica de cocaína húmeda que se encontró en su poder; actuando esta dentro de unaconducta adecuada y dentro de un ámbito de confianza; no siendo así atendible otorgar, en este caso con tales elementos, reprochabilidad penal a la propietaria.”1
Es decir, las personas deben fiarse de laactividad de otras; ya que estas últimas tienen el deber de actuar correctamente. Ejemplo, el médico que va operar confía que el personal encargado ha esterilizado debidamente los materialesquirúrgicos, al comprar un carro se confía que los frenos están en buen estado, entre otros casos. Un caso paradigmático en la jurisprudencia es el siguiente: “El acusado dentro de su rol de chofer realizó uncomportamiento que genera un riesgo permitido dentro de los estándares objetivos predeterminados por la sociedad, y por tanto, no le es imputable el resultado (prohibición de regreso) al aceptartransportar la carga de sus coprocesados y al hacerlo en la confianza de la buena fe en los negocios y que los demás realizan una conducta lícita; no habiéndose acreditado con prueba un concierto devoluntades con los comitentes y estando limitado su deber de control sobre los demás en tanto no era el transportista, dueño del camión sino solo el chofer asalariado del mismo, estando además los paquetesde hojas de coca camuflados dentro de bultos cerrados; aclarando.”2
“Lo específico del principio de confianza en cuanto al riesgo permitido se encuentra en el hecho de que el desarrollo del...
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