derecho penal
“Todos los tipos dolosos exigen una congruencia entre sus aspectos objetivo y subjetivo; pero se puede dar el supuesto en el quebaste sólo con el elemento subjetivo, es decir, que contenga sólo el querer la realización del tipo objetivo. De esta forma, podemos decir: hay tipos penales en los que se requiere el elemento subjetivo, para que la conducta pueda ser tipificada como delito. Los elementos subjetivos del tipo penal surgen de la misma naturaleza del hombre, ya que éste es un ser esencialmente pensante, que ante laejecución de la mayoría de sus actos, siempre va a participar su psique, elemento subjetivo del tipo penal. El elemento subjetivo puede radicar en el conocimiento que tiene el autor, de la realidad de un determinado estado de las cosas. Otras veces, este elemento estará en un determinado deseo, ánimo o intención del agente en la realización de la conducta típica. Estos elementos seránfundamentales para la tipificación de algunas conductas ilícitas, por lo que es necesario que en los tipos que se requieren o contienen éstos, se efectúe una interpretación muy minuciosa para evitar una malversación de la intención del legislador."251
“Por último es necesario señalar: “La importancia de los elementos típicos subjetivos es extraordinaria, pues aparte de condicionar la posible aplicación de lafigura típica, sirve para excluir apriorísticamente las configuraciones basadas en los contornos y perfiles del actuar culposo. Sólo los tipos delictivos que no contengan expresas o implícitas referencias a estos subjetivos elementos, son susceptibles de entrar en juego con base en la “imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o de cuidado."252
6.15. Funciones del tipo
SegúnFrancisco Muñoz Conde253 las funciones son; a) Una función seleccionado- ra de los comportamientos humanos penalmente relevantes, b) Una función de garantía, en la medida en que sólo los comportamientos subsumibles en él pueden ser sancionados penalmente, c) Una función motivadora general, ya que,
con la descripción de los comportamientos en el tipo penal, el legislador indica a los ciudadanos quécomportamientos están prohibidos y espera que, con la conminación penal contenida en los tipos, los ciudadanos se abstengan de realizar la conducta prohibida. -
6.16. EL Dolo
“El ámbito subjetivo del tipo de injusto de los delitos dolosos está constituido por el dolo."i54
“El término dolo tiene varias acepciones en el ámbito del Derecho. Aquí se entiende simplemente como conciencia y voluntad derealizar el tipo objetivo de un delito. Este concepto unitario de dolo no es, sin embargo, fácilmente aplicable en algunos casos límite entre el dolo y la imprudencia en los que tanto el elemento cognitivo, como el volitivo quedan desdibujados o son difícilmente identificables; pero se puede mantener que tanto el conocimiento como la voluntad son los elementos básicos del dolo, sin perjuicio dehacer las necesarias matizaciones en la exposición de ambos.”255
“Para llegar a su concepto, conviene estudiarlo en su evolución doctrinal, pudiendo, con Puig Peña, esquematizarlo en las siguientes fases:256
1a. Se considera el dolo como voluntad dirigida a la comisión de un hecho delic¬tivo. Es la posición seguida, entre otros, en Italia, por Carmignasi, Carrara y Alimena, y, en Alemania por...
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