Derecho Penal
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“DELITOS CONTRA LAS PERSONAS”
En el Código Penal vigente en la República de Guatemala, se utiliza la expresión De los delitos contra la vida y la integridad de la persona, en el libro segundo, titulo I parte especial. Dicho título da inicia con el capítulo uno con el título de Homicidio simple. Comete homicidio1 quien diere muerte a alguna persona.Existe actualmente en la doctrina unanimidad en que la persona, además de ser titular de su vida y su integridad física, es titular de otros valores que son también objeto de protección jurídica penal, como por ejemplo, el honor, la libertad, el patrimonio, la integridad moral, la identidad de la persona, la identidad genética, entre otros. Hay legislaciones de otros países que ya han superado estadeficiencia que aún persiste en nuestro sistema penal. La doctrina afirma que, la expresión, tal como aparece en nuestro código penal, “alguna persona” debe dársele un sentido más amplio, capaz de abarcar todos los delitos que ataquen valores pertenecientes al ámbito de la persona y que son objeto de protección penal. Frente a los “delitos contra la vida y la integridad de la persona, están losdelitos contra la sociedad, que son aquellos que afectan a valores de los que ya no es titular la persona aisladamente considerada, sino la sociedad como ente del que se deriva la convivencia de varias personas que pretenden vivir en armonía entre sí. Aunque en el código penal se prescinda de esta clasificación y se proceda directamente a agrupar los delitos en función primordialmente del bienjurídico protegido común a todos ellos, de un modo implícito, la diferencia entre delitos contra valores de carácter personal individual y delitos contra valores de carácter social, está acogida en el orden de aparición de los delitos en los distintos títulos que componen los libros siguientes del código penal. En todo caso, hay que destacar que aunque cada uno de estos grupos presenta característicasy peculiaridades propias que aconsejan tratarlos sistemáticamente de una forma diferenciada, la distinción persona-sociedad tiene un valor más expositivo y pedagógico que filosófico. El derecho penal no protege a la persona aislada en cuanto tal, sino en su convivencia con las demás personas, en otras palabras, en su entorno comunitario. Todo atentado contra la persona es, al mismo tiempo, unatentado contra la sociedad en la que dicho individuo se encuentra integrado y, por las mismas razones, todo atentado a la convivencia pacífica asegurada por un orden social también es un atentado a la persona individual que sólo a través de la convivencia puede auto realizarse. Por eso mismo, no siempre es fácil asignar un delito o varios delitos a uno u otro grupo, debiendo siempre tenerse en cuentael valor relativo que tiene todo intento sistematizado de una realidad tan fragmentaria y plural como es la Parte Especial del Derecho Penal. Es decir, el estudio de cada uno de los delitos en particular, y que el sistema no es un fin en si mismo, sino sólo un medio para una mejor exposición y más clara comprensión de las
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Código Penal de Guatemala. Art. 123 Homicidio Comete homicidio quiendiere muerte a alguna persona. Al homicida se le impondrá prisión de 15 a 40 años. Originalmente la pena era de 8 a 20 años. Ley de Espectáculos Deportivos: Art. 6. constituye agravante para los delitos de homicidio y lesiones, que los mismos sean cometidos en un centro deportivo, entre espectadores, con ocasión de la venta o consumo de bebidas alcohólicas o fermentadas.
Lic. Hector EduardoBerducido Mendoza
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particularidades de cada delito en singular. Sólo con estas reservas es admisible la distinción antes indicada que será completada a lo largo de su exposición con otros criterios y Sub-clasificaciones.De acuerdo con lo dicho, dentro de los delitos contra las personas deben distinguirse, a su vez, dos grandes grupos: en primer lugar, el de los delitos que atacan los...
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