derecho penal
Delitos contra la liberta humana y la integridad corporal
Protección de la ley
Nacimiento muerte
Criterios sobre la vida humana independiente
Tipos penales:
En el parto
Respiración autónoma
Percepción visual
Separación total del claustro maternos
Desde el punto de vista del derecho pena, Protección a la vidaindependiente con su destrucción (homicidio)
Expulsión total del claustro materno
Corte del cordón umbilical
Extracción cesaría
Otros problemas
Determinación de la muerte anterior o posterior al ancimeinto oparto
Nacido, no es necesario que sea viable
Tampoco es necesario que tenga figura humanaViva durante 24 horas separado del claustro materno
Conclusión
Termina con la muerte
Muerte: confirmación del cese irreversible de las funciones cardio respiratorias
Los delitos contra la vida independiente son homicidio asesinato, parricidio, homicidio por emoción violenta, homicidio en practicas deportivas, homicidio suicidio, homicidio piadoso(eutanasia), infanticio, homicidio en nina niño adolescente o a consecuerncia de agresión, homicidio culposo, homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidentes de transito.
Homicidio
Código penal art. 251 la muerte de un hombre por otro
La muerte de un hombre sin que medie ninguna causa de calificación o privilegio
Homicidio suicidio
Bien jurídico protegido“la vida humana”
Cualquier ● sujeto activo: el que ejerce la acción
Persona ●sujeto pasivo: victima
Comisión por omisión
● Situación de garante del sujeto pasivo (deber legal)
● Creación de riesgo para la vida mediante una accion u omisión precedente, ej. Cumplimiento de deberes
Resultado: admite el grado de tentativa, muerte efectiva
Relación decausalidad
Acción de matar y el resultado muerte
Ej.: A dispara a B a tres metros de distancia → no hay problema
● El lesionado al caer se golpea la cabeza y muere
Problema ● muere producto de un accidente al ser transportado en una ambulancia
● muere a causa de una infección o un mal tratamientoTentativa
● Dolo: conocimiento y voluntad de querer.” saber que mata y querer hacerlo”
● Dolo eventual: es suficiente previsto el resultado
● Error: irrelevante adquiere relevancia. Ej. A quiere matar a B y mata a C
● Dolus generalis: creer que mato y no lo hizo, empero por otra acción consume el delito
Imprudencia en el homicidio● Diligencia debida
Elementos ● Posibilidad
● Producción del resultado
Sanción a imprudencia grave
Imprudencia profesional Inhabilitación
Motorista- chofer- conductor suspensión
No basta que exista una conexión entre la accióny el resultado
Imputación objetiva
Simple conexión entre acción y resultado
1) Incremento del riesgo no permitido: “procesos causales hipotético”. Ej. Conductor que conduce a mayor velocidad que la permitida y mata a una suicida.
2) El riesgo implícito en la acción imprudente debe realizarse en el resultado: “ causales irregulares”.Resultado, consecuencia directa de la acción imprudente y no por causas ajenas. Ej. Victima que muere a causa de otro accidente o por un mal tratamiento médico.
3) El resultado debe producirse dentro del ámbito de protección de la norma: dentro del ámbito o actitud de la norma infringida. Ej. Madre de peatón muere al recibir la noticia de la muerte de su hijo.
En este punto resuelve los...
Regístrate para leer el documento completo.