Derecho penal
1.- Porqué el Tribunal de Tunja se equivocó respecto de la teoría del delito?
El Tribunal no desbordó sus facultades en laresolución del problema jurídico planteado por la Fiscalía, por lo menos en lo que a sus aspectos sustanciales se refiere.
Simplemente, analizó el problema a la luz de una postura jurídica acerca delconcepto de dolo que otrora fue dominante, pero que ya no encuentra eco ni por la ley, ni por la jurisprudencia, ni por la opinión mayoritaria en la dogmática penal contemporánea.
En efecto, elTribunal partió de un presupuesto equivocado, relativo a que el dolo, al igual que la culpa, es una forma de culpabilidad y que dentro de sus elementos se encuentra la conciencia de la ilicitud de laacción.
2.- En la actualidad que aspectos del dolo prevé el artículo 22 del Código Penal respecto de la teoría del delito?
El artículo 22 del Código Penal, que tan solo prevé los aspectos cognitivo yvolitivo del dolo, esto es, tanto el conocimiento de todas las circunstancias que integran el tipo objetivo como la voluntad de realizar el mismo.
3.- Que constituye el derecho penal de acto segúnla Constitución Política?
La Constitución Política establece el derecho penal de acto como principio rector, por lo que el delito es, ante todo, conducta o Comportamiento humano, como lodetermina el artículo 9 de la ley 599 de 2000. De modo que es un hacer humano cualificado, reglado y descrito con elementos normativos exclusivos del orden jurídico que incluyen desvalor de la acción y delresultado.
4.- Cuáles son los elementos básicos del injusto penal o delito.
La conducta y la afectación del bien jurídico constituyen los elementos básicos del injusto.
5.- La conducta quepartes la integran definirlas.
La subjetiva se refiere al proceso ideativo de la acción, representación o motivación, que constituye el proceso de selección de los mecanismos o medios y la voluntad...
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