Derecho Penal
1- Bien jco protegido: la libertad sexual de la víctima, q es obj de un constreñimiento por parte del agente dirigido a q tome una particular decisión respecto a sus pretensiones sexuales. Su voluntad ha sido viciada.
2- Tipo Básico: art. 184.1:”El q solicitare favores de naturaleza sexual, xra sí o xra un 3º, en el ámbito de unarelación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, será castigado, como autor de acoso sexual, con la pena de arresto de 6 a 12 fines de semana o multa de 3 a 6 meses”.
La Conducta Típica responde a lo q se ha dado a llamar “ACOSO AMBIENTAL”,caracterizado x la ausencia d medios comisivos tales como una situación de superioridad del agente respecto al sujeto pasivo xra lograr sin pretensiones sexuales, así como la amenaza d causarle un determinado mal si no accede a las mismas.
No entran las simples invitaciones. Se desarrolla en un plano d igualdad entre las partes del delito. Entre SA y SP no puede darse ninguna relación d superioridad, sonindiferenciados. Este supuesto delictivo encontraría mejor acomodo en el delito del art 173 (delito común contra la integridad moral); y si son d índole más leve se podría reconducir a la falta de vejación injusta del art 620.2 C.P.
3- Tipo Agravado: art 183.2: “Si el culpable d acoso sexual hubiera cometido el hecho prevaliéndose d una superioridad laboral, docente o jerárquica, o con elanuncio expreso o tácito d causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas q aquélla pueda tener en el ámbito d la indicada relación, la pena será d arresto d 12 a 24 fines d semana o multa d 6 a 12 meses”.
Requisitos: relación de superioridad, pluralidad d solicitudes y amenazar con un mal.
La Conducta Típica consiste en solicitar favores sexuales a cambio d algo,prevaliéndose el solicitante d una superioridad laboral, docente o jerárquica respecto d la víctima.
En primer término la solicitud d favores sexuales q deberá concretarse en la petición oral o escrita d mantener con el SP cualquier clase d relación d esta índole, con independencia d la nat o entidad del acto concreto solicitado.
El segundo elemento d la CT se concreta en el prevalimiento del q debeabusar el acosador xra llevar a cabo la solicitud sexual en cuestión, medio comisivo q se materializa en la constatación d una situación d superioridad. Es un reconocimiento expreso d la analogía in “malam partem”, atentarotia al ppio d legalidad.
El último elemento integrante de la CT lo constituye un 2º medio comisivo, la amenaza cndicional d causar un mal al SP. El anuncio del mal debe ser serio,grave y contundente. Se admite tanto la amenaza tácita como la expresa.
Las citadas expectativas deben ceñirse al concreto vínculo q une al acosador con su víctima quedando excluidos del tipo otros 3º allegados.
Es un delito d mera actividad q se consuma con la “mera solicitud” d favores sexuales acompañada del prevalimiento d la situación d superioridad q ostente sbre ella. No cabe latentativa.
Si la “mera solicitud d favores sexuales” fuera ulteriormente acompañada la realización d una concreta conducta d esta nat (ej acceso carnal) se aplicaría el delito d abusos sexuales arts 181.3 ó 184.1, en función del acto sexual ejecutado. Si junto al prevalimiento y la amenaza del acosador logra satisfacer sus pretensiones empleando violencia o intimidación en su víctima se aplicará eldelito más grave d agresiones sexuales arts 178 ó 179.
También surge un concurso d normas entre el art 184 y los arts 443 y 444 CP, acoso sexual d funcionarios. Existe una estrecha relación entre este delito y el d amenazas.
4- La Agravación del art 183.3: se trata d incrementar sus respectivas sanciones, convirtiendo la pena prevista xra el 1º la d arresto d 12 a 24 fines d semana o multa d...
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