Derecho procesal internacional
El derecho procesal internacional, es un conjunto de normas jurídicas que regulan los conflictos de jurisdicciones, el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, la posición de los extranjeros en el proceso y la cooperación internacional en materia procesal, fundamentalmente. En el Derecho procesal internacional, cada uno de los Estados en que está dividido el mundo haelaborado su propio Derecho y ha establecido una determinada organización judicial; ante cada relación del tráfico privado conectada simultáneamente con más de un Estado, hay que preguntarse cuál es el Derecho, que rige esa relación y qué organización judicial estatal tendrá competencia para entender en los litigios que puedan surgir de tal relación.
La soberanía del Estado se opone, enprincipio, a que las decisiones de un tribunal extranjero tengan fuerza ejecutoria de pleno derecho en el país; mas poco valor tendría el Derecho internacional privado si las sentencias agotaran siempre su fuerza resolutoria dentro de las fronteras en que se dictaron; las resoluciones judiciales firmes producen varios efectos definitivos, que el Estado en cuyo nombre se han dictado sólo puede garantizardentro de los límites de su territorio y la sociedad internacional exige que dichos efectos alcancen eficacia extraterritorial cuando de otra manera quedaría incumplida la voluntad de la ley favorable al triunfante en el pleito
Derecho Procesal internacional.
La disciplina del Derecho Procesal Civil Internacional está regulada en los capítulos IX, X y XI, artículos 39 a 52, 53 a 55 y 56 a 62,respectivamente, de la Ley de Derecho Internacional Privado ("LDIP"), allí se consagran reglas sobre la jurisdicción, la competencia, la eficacia de las sentencias extranjeras, la forma de los actos procesales, la cooperación judicial internacional, la aplicación del derecho extranjero y los recursos procesales, la LDIP igualmente regula la prueba de los actos en su artículo 38; se extiende, por lotanto, a todas las áreas del Derecho Procesal Civil Internacional; Acoge así la LDIP una concepción amplia del Derecho Internacional Privado; esta exposición sin embargo, se limita a discutir lo relativo a la jurisdicción, y la competencia interna, que aunque no es propiamente tema del Derecho Procesal Civil Internacional, se encuentran íntimamente relacionados con la regulación de jurisdicción,la litis pendencia internacional y la eficacia de las sentencias extranjeras.
La denominación Derecho Internacional Privado, en el Derecho Procesal Civil Internacional, el adjetivo internacional se presta a equívocos y malentendidos, se trata, en ambos casos, de una rama de derecho esencialmente nacional por su fuente que pretende regular situaciones jurídicamente internacionalizadas, supuestosde hecho con elementos de extranjería relevantes y así hacer frente a esos casos; el Derecho Internacional Privado en sentido estricto, utiliza ordinariamente, normas de remisión a determinados ordenamientos jurídicos con la finalidad de hacer valer la vinculación establecida entre ese ordenamiento y una situación de hecho mediante un elemento denominado como "punto o factor de conexión"; enestos casos, como hipótesis general, teóricamente se admite la posibilidad de remisión hecha por la norma de conflicto de foro, bien al ordenamiento jurídico nacional -lex fori- o bien a un ordenamiento jurídico extranjero -lex causae;
Para el Derecho Procesal Civil Internacional, la remisión hecha por la norma de conflicto, se determina por la aplicación del propio derecho nacional -lexfori-, es decir, de reglas procesales nacionales reguladoras de procedimientos en los que están presentes elementos de extranjería relevantes, se trata de derecho nacional porque está dirigido exclusivamente a las autoridades públicas nacionales y a las partes en procesos pendientes ante dichas autoridades, esto quiere decir que la validez -universal- del principio de forum regit processum, de...
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