Derecho Procesal
PALMA DE MALLORCA
C/ TRAVESSA D’EN BALLESTER
Tlf: 971219368
N.I.G.: 07040 1 0200257/2010
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 657/2010
MATERIA: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
DEMANDANTE: Mª ISABEL LÓPEZ
DEMANDADO/S: HOTELES MALLORQUINES ASOCIADOS Y ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
Acta de AUDIENCIA PREVIA:
En PalmaDe Mallorca a 17 de Noviembre de 2010
Siendo las 10.45 horas de la mañana, SSª Kristina Nikolaeva Georgieva se constituye en audiencia pública asistido por la secretaria Almudena Peñas Maldonado, al objeto de celebrar la audiencia previa del presente juicio ordinario con nº de procedimiento 657/2010. Queda registrado el desarrollo de la presente actuación en soporte apto que recoge la imageny el sonido conforme a lo dispuesto en el artículo 147 de la LEC bajo la custodia del Secretario y que es rotulado con el número de procedimiento.
Comparecen en el acto: Por la parte DEMANDANTE: Dña. María Isabel López, tutora legal de su hijo Iñigo Méndez López, representado por el procurador D. Álvaro Peña Costilla y asistido del letrado D. Álvaro Machín Villarubia.
Por la parte DEMANDADA:Comparecen Hoteles Mallorquines Asociados y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. representados por la procuradora Elena Iniesta Rey y asistidos por la letrada Carlota Mollinedo Esteban.
Estando presentes todas las partes personadas en el juicio y sus respectivos abogados, SSª declara abierto el acto y pregunta a las partes si subsiste el litigio entre ellas.
Manifiesta la parteactora que no ha sido posible llegar a un acuerdo y su ratificación en los términos de los escritos presentados de demanda.
La parte demandada considera que tampoco ha sido posible llegar a un acuerdo.
La parte actora intenta subsanar un error material denegándoselo SSª por no ser el momento procesal oportuno.
SSª pregunta a la parte demandada si se ratifica en la demanda, contestando éstaafirmativamente sobre los términos de los escritos presentados.
No habiéndose expuesto excepción procesal alguna en los escritos de demanda y de contestación a la demanda, SSª da la palabra a la parte actora a fin de que haga aclaraciones complementarias o aclaratorias, exponiendo la parte actora la propuesta de nueva prueba documental anterior a la demanda y denegándolo SSª por no ser elmomento procesal oportuno sino corresponder al momento de la aportación de pruebas.
Posteriormente, expone la parte actora la intención de subsanar un defecto de la factura aportada como prueba modificando, el día 27 de julio de 2010 por el día 27 de julio de 2009 y por otro lado, el defecto en la fecha de firma del informe pericial aportado en prueba siendo correcta la del mismo día del peritaje.SSª da la palabra a la parte demandada a fin de que exponga las aclaraciones complementarias o aclaratorias que considere oportunas.
La parte demandada expone que no realizará aclaraciones complementarias.
SSª expone la necesidad del Tribunal de que la parte actora se manifieste respecto de determinadas aclaraciones, de esta forma, considera que la cantidad que piden en la demanda estábien calculada pero se fundamenta en una resolución de 2010 y los cálculos que la parte demandante ha realizado corresponden a una resolución de 2009.
SSª entrega los documentos al agente judicial para que se los muestre a la parte actora y haga una comparativa de dichos documentos.
Aclara SSª que los cálculos realizados por la parte actora no corresponden al baremo de accidentes de 2010que fundamentan en la demanda, sino al baremo de accidentes de 2009.
La parte demandante se ratifica en la demanda respecto a los datos mencionados con anterioridad y consideran que los baremos podrían ser perjudiciales para los mismos y no para la parte demandada.
SSª recomienda la subsanación debido a que los hechos sucedieron en el año 2009.
La parte actora expone su intención de...
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