derecho romano I
La fuente del Derecho Romano no escrito, es la costumbre. Por tal motivo se observa en el pueblo la costumbre inveterada, y es el derecho que se ha construido a través de los usos. Es decir, ha sido aceptado por voluntad del pueblo, lo cual obliga a todos los integrantes del mismo, a observarlo aún cuando no se encuentre en fuentes escritas. Hasta el reinado deConstantino la costumbre tuvo el poder de hacer que las normas gestadas a través de la costumbre, la obligatoriedad de ser observadas. Y una constitución promulgada en la época de este Emperador determinó que la costumbre podrá ser utilizada y aplicada cuando el derecho escrito no determine soluciones a un problema.
Las fuentes del Derecho Romano escrito son las leyes, los plebiscitos, lossenadoconsultos, las constituciones imperiales, los edictos de los magistrados y las respuestas de los prudentes; o como menciona el jurista Pomponio: se dice que en Roma existen las siguientes fuentes: el derecho legítimo o sea la ley, el derecho civil, el cual no se encuentra por escrito sino consiste en la interpretación de los prudentes. El plebiscito, que era votado sin la intervención de lospatricios; el edicto de los magistrados, de donde procede el derecho honorario; el senadoconsulto emitido por el senado y la constitución imperial que resume lo que ordena el príncipe.
3.2.5 Plebiscitos, senadoconsultos, edictos de los magistradosGayo conceptualizaba el plebiscito como: plebiscitum est quod plebs iubet atque constituit, es decir, es lo que la plebe ordena y establece.Etimológicamente, la palabra refiere una decisión tomada no por el pueblo entero, sino por los plebeyos, siendo, en sus inicios, de esta forma. Son medidas administrativas o legislativas, tomadas por los consilia plebis e inicialmente válidas sólo para la plebe, como ya se refirió. Sin embargo, a partir de la Lex Hortensia, que data del año 287 a. C. los patricios estaban obligados a acatar los plebiscitos, siendovisto esto como una derrota para esta clase. Con fundamento en la Lex Hortensia se designa también a los plebiscitos con el nombre genérico de Leges. Pero, a pesar de esto, existe una diferencia entre los plebiscitos de antes y de después, ya que los posteriores se denominaron lex rogatae, y contienen los nombres de ambos cónsules, por ejemplo Lex Papia Poppaea. Senadoconsulto, en este períodopreclásico, como opinión o respuesta del Senado a la consulta de un magistrado, no era de un originario y directo valor preceptivo que se pudiera equiparar al de la lex, sino que se imponía como norma a través del imperium o potestas de los magistrados, que se plegaban a esa opinión que representaba el sentir de la clase dirigente de la que ellos eran depositarios y brazos ejecutores temporales.Estos senadoconsultos fueron tomados, en algún momento como simples consejos que los senadores expedían dirigidos a otras autoridades o incluso al mismo pueblo romano. En algunas ocasiones eran contestaciones a algún magistrado que solicitaba la opinión del senado respecto de algún problema en particular y que no deseaban resolver bajo su propia responsabilidad.También los pretores recibían esosdocumentos senatoriales, mismos que tomaban mucho en cuenta por emanar del senado. Cabe mencionar que la influencia senatorial, no se limitó a esa acción. Ya que desde el siglo II a. C., en tiempos de crisis nacional, el senado solía expedir normas tendientes a solucionar dichas crisis o problemáticas.Papiano define los edictos de los magistrados, como aquel derecho que los pretores han introducidopara aplicar, completar y corregir al derecho civil, fundamentándose en el interés común. Es el resultado del crecimiento de Roma y de la necesidad de aplicar la ley en todas y cada una de las provincias. El pretor llenaba las lagunas existentes, y esa nueva construcción legal también tenía tintes filosóficos griegos.
3.2.6 Dualismo del Derecho Romano
El ius gentium se originó en un tribunal...
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