Derecho romano

Páginas: 21 (5215 palabras) Publicado: 13 de mayo de 2011
CONTRATOS

OBLIGACIONES RECIPROCAS:

452. Arbitria bonae fidei
Acciones penales, crediticias, de estipulaciones o fallo judicial = DERECHO ESTRICTOcompeten a un acreedor contra un deudor – propias de obligaciones unilateralesAcciones de buena fe: corresponden a obligaciones BILATERALES, reciprocas y tienen un regimen mucho mas flexible que concede al juez un mayor abritrio para determinarla condena.
453. Compensatio
a) permiten que el juez tenga en cuenta las obligaciones reciprcas entre las dos partes litigantes y fije la condena del demandado compensando previamente lo que pudiera exigir al demandante en virtud de aquella misma relacion obligacional Esta compensacion de deudas reciprocas nacidas del mismo contrato sera generalizada por Justiniano a todas las deudas del mismogenero, auqneu sean de distinto origen.
454. Pacta insunt
b) las EXCEPCIONES que el demandado quiera alegar frente al demandante puede atenderlas el juez aunque no se hayan insertado en la formulaTambien los PACTOS convenidos entre las partes son tenidos en cuenta por el juez como el contenido propio de la obligacion : no solo los pactos inicialmente convenidos, tambien los posteriores que vengana disminuir la obligacion o supongan renuncia a una excepcion.

455. Synallagmac) RECIPROCIDAD, x virtud de la cual la iniciativa procesal puede ser tomada por cualquiera de los sujetos de la relacion obligacional correspondiente; el que de estas nazcan acciones posibles a favor de una y otra parte: los contratos son SINALAGMATICOS – contrato reciproco, aunque en algunos de ellos una de lasacciones sea tan solo eventual (sinalagmaticos imperfectos).

456. Cupla contractual
Permite al juez estimar con mayor FLEXIBILIDAD DE RESPONSABILIDAD del demandado, y el INTERES del demandante, a efectos de fijar la condena pecunaria.
Por una parte el juez atiende la situacion de la relacion en el momento de la sentencia y no de la litis contestatio por virtud del cual el demandadopuede siempre satisfacer al demandante apud iudiciem a fin de salir absuelto y la imposibilidad de cumplimiento en ese momento puede producir la absolucion del demandado, siempre que este no haya incurrido en CULPA, segun la medida en que concreta relacion contractual exigia de el una especial diligencia en su conducta (culpa contractual)
En los contratos la responsabilidad por CULPA es laordinaria de algunos contratantes suele exigirse tan solo una responsabilidad por el propio dolo En otros se exige la CUSTODIA (como sucede con el vendedor o arrendatario).La perdida que un contratante debe sufrir mas alla de la responsabilidad por culpa o custodia se llama PERICULUM.


457. Interesse
el juez puede apreciar el INTERESSE del demandante en el momento acutal de dar sentencia,puede tener en cuenta: perdida patrimonial (daño emergente) sufrida por culpa del demandado MAS los incrementos que hubiera podido obtener si el demandado hubiera cumplido a tiempo (lucro cesante) Puede condenar al demandado a restituir el valor de los frutos percibidos desde la mora culposa, cuando la cosa debida los ha producido, asi como pagar INTERESES MORATORIOS cuando la deuda es de dinero.458. Tipos contractuales
Fiudicia: sirvio de modelo, era un contrato formal porque se realizaba mediante la MANCIPATIO o la INURE CESSIO. Depositum: tambien sirvio ya que su contractualizacion es de la ultima epoca clasica, aunque tampoco era un contrato consensual, pues la obligacion surgia del hecho de una entrega de cosa mueble para ser custodiada. Contratos de perfeccionamiento consensual:en los que las obligaciones surgen del simple convenio (sin forma) de los contratantes – mandatum, societas, emptio-ven-ditio y locatio-conductio.Negotiorum gestio: se aproxima al mandato por la evidente similitud, ya que se admitio una formula de buena fe para este tipo de gestion sin mandato.

459. Contratos onerosos y contratos gratuitos
A pesar de la reciprocidad que caracteriza a todos...
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