Derecho romano
Se requirió en el propio derecho romano, unaevolución que llega hasta el derecho clásico, para que por virtud de la ley poetilla, se separase la sanción penal de la civil y se prohibiere que el acreedor pudiera aplicar sancionescorporales contra el deudor.
A partir de esta ley, solo el acreedor podía ejecutar en bienes del deudor, es decir aplicar sanciones estrictamente civiles consistentes en proceder alembargo y, posteriormente, al remate de bienes del deudor, para hacerse pago.
Estas sanciones civiles de carácter especial pueden consistir en la reparación del daño ante los hechos ilícitos,en la restitución de las cosas cuando se ejercita el derecho de propiedad para reivindicarlas o cuando se ejercita u derecho real para poder recobrar la posesión de ellas.
También lassanciones civiles pueden consistir en la restitución, para el caso de que se decrete la nulidad. Generalmente opera en las nulidades un efecto restitutorio para reponer las cosas a suestado primitivo y, por ese acto antijurídico civil, pueda obtener la devolución de aquellos pagos, de aquellas prestaciones o bienes que transmitió a la otra parte por virtud del mismo.
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