derecho romano

Páginas: 291 (72636 palabras) Publicado: 31 de marzo de 2014
Biblioteca del Congreso Nacional
-----------------------------------------------------------------------------Identificación de la Norma : LEY-1853
Fecha de Publicación
: 13.02.1906
Fecha de Promulgación
: 13.02.1906
Organismo
: MINISTERIO DE JUSTICIA
Ultima Modificación
: LEY-20227 15.11.2007
CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

NOTA
NOTA 1

NOTA:
El artículo 9° de la LEY 19047,modificado por la
Ley 19114, y por la Ley 19158, ordenó reemplazar las
expresiones "auto de reo", "encargatoria de reo" y "auto
encargatoria de reo", por la de "auto de procesamiento",
y la palabra "reo" por "procesado", cuando esas
expresiones se refieran al inculpado contra quien se
hubiere dictado auto de procesamiento y no hubiere sido
sobreseído, absuelto o condenado. Si tal situación no
sediere, la voz "reo" podrá sustituirse por las
expresiones "inculpado", "condenado", "demandado" o
"ejecutado", o bien mantenerse, según correspondiere.
NOTA 1:
Ver texto del nuevo Código Procesal Penal en la
LEY 19696, publicada el 12.10.2000. La entrada en
vigencia del texto es diferida según el territorio,
de acuerdo con lo que se establece en los artículos
484 y 485 de la misma ley.Libro Primero (ARTS. 1-75bis)
DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS AL JUICIO
CRIMINAL
Título I (ARTS. 1-9)
DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA EN MATERIA PENAL
Artículo 1°. Los tribunales de la República ejercen
jurisdicción sobre los chilenos y sobre los extranjeros
para el efecto de juzgar los delitos que se cometan en
su territorio, salvo los casos exceptuados por leyes
especiales, tratadoso convenciones internacionales en
que Chile es parte o por las reglas generalmente
reconocidas del Derecho Internacional.
NOTA:
1
Veánse el Código de Derecho Internacional Privado y
las Convenciones de Viena, de 18 de abril de 1961, sobre
Relaciones Diplomáticas, y de 24 de abril de 1963, sobre
Relaciones Consulares.
NOTA: 1.1.Las modificaciones introducidas al presente Código
por laLey N° 18.857, publicada en el Diario Oficial de
6 de Diciembre de 1989, rigen, según lo dispone su
artículo vigésimo, noventa días después de su
publicación en el Diario Oficial.
Artículo 2°. No se aplicarán en el territorio
nacional las leyes penales y de procedimiento de otros
países, sin perjuicio de su consideración previa cuando
sea necesaria para determinar la aplicación de las leyespatrias.

LEY 18857
ART PRIMERO
N° 1
NOTA 1.
NOTA 1.1.

LEY 18857
ART PRIMERO
N° 2
VER NOTA 1.1

Art. 3°.- La ejecución de las sentencias en materia
criminal se efectuará en la forma que para cada caso
esté indicada en el Código Penal, sin perjuicio de lo
establecido en el Libro IV de este Código.
Las sentencias extranjeras no se ejecutarán en
Chile, en cuanto impongan penas.Sin embargo, si la sentencia penal extranjera
recae sobre crímenes o simples delitos perpetrados
fuera del territorio de la República que queden
sometidos a la jurisdicción chilena, la pena o parte
de ella que el reo hubiere cumplido en virtud de tal
sentencia, se computará en la que se le impusiere de
acuerdo con la ley nacional, si ambas son de similar
naturaleza y, si no lo son, seatenuará prudencialmente
la pena.
Tendrá también valor en Chile el fallo condenatorio
extranjero para determinar la calidad de reincidente o
delincuente habitual del reo.
La sentencia absolutoria pronunciada en el
extranjero tendrá valor en Chile para todos los efectos
legales, a menos que recaiga sobre algún delito cometido
en el territorio nacional o en los demás lugares
sometidos a lajurisdicción chilena, o sobre alguno
cometido en el extranjero y que deba juzgarse en
Chile.
Lo dicho en este artículo es sin perjuicio de lo
dispuesto en normas especiales.

LEY 18857
Art. primero Nº3
D.O. 06.12.1989
VER NOTA 1.1

NOTA

NOTA:
El artículo 9º de la LEY 19047, modificado por
las leyes 19114 y 19158, ordenó sustituir la palabra
"reo" por las expresiones " procesado",...
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