Derecho sindical
I. Concepto
El Derecho Sindical (también conocido como Derecho colectivo del Trabajo), es aquella parte del Derecho del Trabajo, que se refiere y estudia el conjunto de normas estatales y las procedentes de la autonomía colectiva (Institucional, normativa, de representación, de autotutela), que regulan las relaciones de trabajo en su aspecto colectivo y la actividad delas organizaciones sindicales, ya sean éstas de empresarios o de trabajadores. El DS también regula las normas estatales, ordenamientos estatuarios y la autonomía colectiva.
El estudio del DS como disciplina separada del DT se justifica por razones como:
- Regula las relaciones entre sujetos colectivos de las relaciones de trabajo (sindicatos y organizaciones empresariales), así comosu constitución, funciones y régimen de actuación.
- Contempla los diferentes conflictos laborales, los mecanismos de presión y los de solución, así como las vías para resolverlos.
- Establece la forma en que debe producirse la negociación colectiva, para que tenga plena eficacia en el establecimiento de las condiciones colectivas de trabajo en las diferentes unidades decontratación.
II. Contenido
El DS abarca:
- todas aquellas materias relacionadas con la libertad sindical: las organizaciones sindicales, ya sean de trabajadores como de empresarios, las formas de participación de los trabajadores en la empresa y los derechos de asamblea y de reunión;
- los aspectos relacionados con la participación institucional de los sindicatos en la empresa yfuera de ella, la negociación colectiva, los conflictos laborales y los mecanismos judiciales y extrajudiciales para su solución o autocomposición.
Entre otras, son “normas” que contemplan diferentes contenidos del DS Español en relación con los aspectos propuestos:
- en relación con el primero: la CE de 1978 (Art. 28); los estatutos de creación de un sindicato u organización empresarial;el TRET (Art. 77 y siguientes).
- en relación con el apartado segundo: el TRET (Art. 82 y siguientes); la Ley 11/1985 de 2 agosto de Libertad Sindical (Art. 10); el Reglamento de funcionamiento del Tribunal Laboral de Cataluña creado por el Acuerdo Interprofesional de Cataluña (AIC).
Mención aparte merece el estudio de la huelga; el derecho de huelga es por definición un derechoindividual aunque de ejercicio colectivo. Para unos, se estudiaría en el DT mientras que, para otros su estudio correspondería al DS.
III. Sistema De Relaciones Industriales
La elaboración científica y técnico-jurídica del DS, ha descansado desde mediados del siglo XX en 3 conceptos que son los fundamentales a la hora de abordar la existencia de esta rama del Derecho y de su contenido esencial. Estosconceptos son:
- El interés colectivo: entendido como el propio de una pluralidad de personas hacia un bien apto para satisfacer una necesidad común. En un sistema de relaciones laborales, se hace coincidir con el interés del trabajo asalariado.
- La categoría profesional: siendo ésta una pluralidad de personas que comparte un interés colectivo.
- La autonomíacolectiva: núcleo fundamental del DS actual, entendida como la potestad de los grupos sociales de autoorganizarse.
Teniendo en cuenta lo anterior, los sistemas de relaciones industriales o colectivas de trabajo o relaciones sindicales se han ido adaptando a lo largo del tiempo a las características de la época sufriendo una evolución que se concreta en los siguientes modelos:
- ModeloClásico: desde el punto de vista histórico, la defensa de los intereses profesionales que dieron lugar a las relaciones colectivas de trabajo, se basaron en un modelo contractualista contemplado en los Códigos Civiles, que se mantuvo hasta finales de los 50 y principios de los 60. esto significaba regular relaciones entre particulares que defendían intereses privados, descansando el sistema sobre los...
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