Derecho Societario

Páginas: 19 (4516 palabras) Publicado: 17 de mayo de 2012
FALLOS 1º PARTE!

UNIDAD 1
FALLO Nº 1: ROSELLO DE ROSELLO, CATALINA GENOVEVA S/SUCESION
FALLO PLENARIO
TEMA IMPRORROGABILIDAD DE LA COMPETENCIA CUANTITATIVA. JUSTICIA DE PAZ.
¿Son competentes los jueces de 1º instancia para conocer en los procesos sucesorios, cuando estos por su monto hubieran de tramitarse ante la justicia de paz letrada?
Resumen: los apelantes pretendía una prorroga decompetencia en cuanto a que su pretensión era la radicación del sucesorio en un juzgado civil y comercial de instancia. Los causantes tenían como ultimo domicilio al momento de la muerte la localidad de Rivadavia y el monto de sucesorio no superaba el 20% del monto establecido para la constitución del bien de familia, con lo cual en dicho sucesorio era competente el juzgado de paz letrado deRivadavia.
En virtud de un plenario de una sala de la cámara de apelaciones, ellos fundaban su solicitud de prorroga de competencia entendiendo que era admisible la prorroga de jurisdicción si existía acuerdo de todas las partes ya que no existe diferencia entre los juzgados de la instancia y los de paz letrados, salvo en lo atinente a la menor competencia territorial de estos.
Pero la competenciaestablecida en cuanto al valor para los jueces de paz letrados es de orden público y por ende improrrogable. Se confirma el fallo apelado, no haciendo lugar a la solicitud de prorroga de la competencia.
El pronunciamiento que se dicto por mayoría fue: “DECLARAR QUE LOS JUECES DE 1º INSTANCIA NO SON COMPETENTES PARA CONOCER EN PROCESOS SUCESORIOS CUANDO ESTOS POR SU MONTO DEBAN TRAMITARSE ANTE LAJUSTICIA DE PAZ LETRADA”.

FALLO Nº 2 “SILVA DORA Y OTRO C/SILVA RODOLFO
TEMA: DIVISION DE CONDOMINIO. ESTADO DE INDIVISION HEREDITARIA. COMPETENCIA.
Resumen: los actores alegando tener constituido un condominio pretendían tramitar una causa de división de condominio en contra de Rodolfo silva, por un bien que habían recibido al ser declarados únicos herederos en la sucesión rivarola silva I ysilva Gabriel.
Se entiende que nada impide a los interesados dar por concluido el proceso sucesorio dejando en condominio la herencia.
Pero son las circunstancias de hecho las que han de determinar en cada caso, si se ha constituido un condominio o si se ha mantenido la indivisión hereditaria, siendo uno de los hechos fundamentales a tener en cuenta el tiempo transcurrido desde la inscripciónregistral de la declaratoria y en el caso había transcurrido un escaso tiempo.
Surge del expediente que no fue solicitada la inscripción por todos los herederos y además, los actores alegan la ocupación indebida del inmueble por parte del demandado, lo que no condice con la afirmación de que se ha constituido un condominio por voluntad de los interesados.
Por tanto, ante la duda y al no podertenerse por configurada la existencia de un condominio entre las partes, resulta conveniente inclinarse por la existencia de una indivisión hereditaria, por ser una figura que facilita la división.
En definitiva debe tramitar el expediente en el juzgado donde se tramita el sucesorio de los causantes x encontrarse el juicio sucesorio aun en tramite.

FALLO Nº 3 ZINERONI MARIA LC SUC.
TEMA:ACTUACIONES PROCESALES PROMOVIDAS POR QUIEN NO ES LEGITIMADO ACTIVO EN EL PROCESO SUCESORIO. NULIDAD DE LOS ACTOS
Se esta ante un proceso voluntario, y como tal, no tiende a la satisfacción de pretensiones resistidas o insatisfechas, sino a la determinación objetiva de los sucesores y de los bienes que integran la herencia y el modo de partirlo. Obviamente, quien promueve el sucesorio debe justificarque esta legitimado para concurrir ante el juez del último domicilio del causante y obtener la apertura del proceso que determina la ley. Ante la falta de legitimación del peticionante, el juez debe denegar la apertura del proceso.
En el caso, no obstante que el peticionante careció de legitimación para promover el sucesorio, el juez declaro abierto el proceso, y se apercibió de la falta de...
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