Derecho sucesorio chileno

Páginas: 161 (40242 palabras) Publicado: 12 de julio de 2010
APERTURA DE LA SUCESIÓN, ACEPTACIÓN Y
REPUDIACIÓN DE LAS ASIGNACIONES

Abierta la sucesión, se produce regularmente la delación de las asignaciones, esto es, el llamamiento que hace la ley para aceptarlas o repudiarlas.

MEDIDAS DE SEGURIDAD
Los momentos que siguen a la muerte de una persona son propicios para que se cometan actos de ocultamiento de bienes, con evidente perjuicio paraasignatarios y acreedores.

El legislador adopta principalmente tres medidas para precaver estos actos, dos de carácter meramente provisional y una tercera de carácter definitivo y permanente: la guarda y aposición de sellos, la declaración de herencia yacente y la facción de inventario.

1. Guarda y aposición de sellos (arts. 872 a 876 del C.P.C.).

La aposición de sellos consiste en lacolocación de tiras de papel o de género fijadas con lacre u otra sustancia semejante, en forma de que no pueda abrirse sin rotura un mueble, una pieza o casa habitación.

La guarda consiste en la custodia de las llaves del mueble o lugar en que están colocados los bienes sujetos a la aposición de sellos.

La guarda de las llaves se hará en poder de “una persona de notoria probidad y solvencia”que el juez designe o “en el oficio del secretario del juzgado” (art. 872 inc. 2° del C.P.C.).

Si se trata de joyas o dinero, la guarda y aposición de sellos pueden reemplazarse por el depósito de las especies en un banco o en arcas del Estado.

Quién puede solicitar esta diligencia

El art. 1222 dispone que, desde que se abre la sucesión, “todo el que tenga interés en ella, o sepresuma que pueda tenerlo”, podrá solicitar que se guarden bajo llave y sello los muebles y papeles de la sucesión.

Entre los interesados se cuentan los herederos, los legatarios, los acreedores del difunto. El albacea tiene el deber de velar por la seguridad de los bienes y hacer que se guarden bajo llave y sello (art. 1284).

Cómo se realiza la diligencia

La diligencia de guarda yaposición de sellos debe hacerse “por el ministerio del juez con las solemnidades legales” (arts. 1222 inc. 3° y 1223 del C.C. y arts. 872 a 874 del C.P.C.)

Término de la guarda y aposición de sellos

La guarda y aposición de sellos es una medida de seguridad eminentemente provisoria.

El art. 1222 dispone que los bienes se guardarán bajo llave y sello “hasta que se proceda alinventario solemne de los bienes y efectos hereditarios” y el art. 1223 insiste en que la diligencia se podrá practicar “hasta el correspondiente inventario”.

Gastos de la guarda y aposición de sellos

Art. 1224.

2. La herencia yacente (arts. 885 y 886 del C.P.C.).

El art. 1240 dispone: “si dentro de quince días de abrirse la sucesión no se hubiere aceptado la herencia ouna cuota de ella, ni hubiere albacea a quien el testador haya conferido la tenencia de los bienes y que haya aceptado su encargo, el juez, a instancia del cónyuge sobreviviente, o de cualquiera de los parientes, o dependientes del difunto, o de otra persona interesada en ello, o de oficio, declarará yacente la herencia”.

Requisitos para declarar yacente la herencia

a) Que se hayaproducido la apertura de la sucesión;

b) Que transcurra el plazo de 15 días sin que la herencia haya sido aceptada por ningún heredero universal o de cuota, y

c) Que no se haya designado albacea con tenencia de bienes o no haya aceptado el cargo, dentro del mismo plazo. Se explica esta exigencia, pues el objeto de la declaración de yacencia de una herencia es darle un representante a lasucesión, y si existe albacea con tenencia de bienes, éste cumple dicho cometido.

Trámites para que se declare yacente la herencia

La declaración de yacencia de la herencia debe hacerla el juez del último domicilio del difunto.

La resolución del juzgado debe insertarse en un diario de la comuna o de la capital de la provincia o de la capital de la región, si en aquélla no lo hubiere...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Derecho sucesorio chileno
  • Derecho sucesorio chileno
  • Derecho sucesorio
  • derecho sucesorio
  • Derecho Sucesorio
  • DERECHO DEL SUCESORIO
  • Derechos sucesorios
  • derecho sucesorio

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS