Derecho tributario
Establece el reintegro parcial de los peajes pagados en vías concesionadas por vehículos pesados y establece facultades para facilitar la fiscalización sobre combustibles
CIRCULAR N°14 DEL 04 DE FEBRERO DEL 2002
MATERIA: RECUPERACIÓN PARCIAL DE PEAJES PAGADOS POR LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS MEDIANTE SU IMPUTACIÓN ALOS IMPUESTOS QUE SE SEÑALAN.
I.- INTRODUCCION
1.- En el Diario Oficial de 19 de Octubre del año 2001, se publicó la Ley N° 19.764, la cual establece una modalidad de reintegro parcial de los peajes pagados por las empresas de transporte de pasajeros a los concesionarios de las obras públicas viales otorgadas en concesión, mediante el sistema establecido en el D.S. N° 900, de 1996,del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N° 164, de 1991, del mismo Ministerio; recuperación que se podrá efectuar en contra de determinadas obligaciones tributarias que afectan a tales contribuyentes, de acuerdo con las normas de la Ley sobre Impuesto a la Renta y de otros textos legales.
2.- Mediante la presente Circular se daa conocer esta forma de reintegro o recuperación parcial de peajes y las condiciones y requisitos que se deben cumplir para que opere respecto de los contribuyentes beneficiados.
II.- TEXTO DE LA LEY N° 19.764
El texto de la Ley N° 19.764, en la parte pertinente a la recuperación de los peajes, es del siguiente tenor:
“ESTABLECE EL REINTEGRO PARCIAL DE LOS PEAJESPAGADOS EN VIAS CONCESIONADAS POR VEHICULOS PESADOS Y ESTABLECE FACULTADES PARA FACILITAR LA FISCALIZACION SOBRE COMBUSTIBLES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
“Artículo 1°.- Las empresas de transporte de pasajeros que sean propietarias o arrendatarias con opción de compra de buses, que presten servicios detransporte público rural, interurbano o internacional, podrán recuperar en la forma que se señala más adelante, un porcentaje de las sumas pagadas por dichos vehículos, por concepto de peajes en las correspondientes plazas interurbanas, a los concesionarios de las obras públicas viales otorgadas en concesión mediante el sistema establecido en el decreto supremo N° 900, de 1996, del Ministerio deObras Públicas, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 164, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas.
La recuperación señalada regirá respecto de los peajes pagados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta ley. Su porcentaje se ajustará al siguiente calendario de aplicación gradual:
|Entre la fecha devigencia de esta ley y el 31 de diciembre de 2001 |7% x F |
|Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2002 |14% |
|A partir del 1 de enero de 2003 |20% |
El factor“F”, corresponderá al cuociente entre el valor “12” y el número de meses que medie entre el primero del mes de publicación de la presente ley y el 31 de diciembre del año 2001. El porcentaje resultante de aplicar dicho factor se redondeará al múltiplo de 0,5% más cercano.
A partir del 1 de enero del año 2004, sólo tendrán derecho al beneficio a que se refiere esta ley, los contribuyentesseñalados en el inciso primero que se adscriban con sus vehículos a un sistema de cobro electrónico de peajes debidamente normado por el Ministerio de Obras Públicas.
Para la recuperación de las cantidades a que se refiere el presente artículo, las empresas de transporte de pasajeros podrán deducirlas del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la...
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