derecho tributario

Páginas: 7 (1738 palabras) Publicado: 20 de marzo de 2014
DERECHO

FINANCIERO Y

TRIBUTARIO II



“CASO PRÁCTICO FINAL”













CUESTIONES A RESOLVER:


1.- Raimundo trabajó el año pasado en tres empresas, por las que tuvo derecho a percibir 300 €, 900 € y 10.500 €. ¿Tiene obligación de declarar y presentar la autoliquidación? Artículo 96 LIRPF.

En principio, todos los contribuyentes estarán obligados a presentar ysuscribir la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con los límites y condiciones que se establezcan reglamentariamente. Sin embargo, existen varios casos en los que la obligación de declarar desaparece; para el caso de Raimundo, la LIRPF en su artículo 96.3 apartado a) establece que no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes de rendimientosíntegros de trabajo de varios pagadores cuando no superen los 10.000 € siempre y cuando no se cumplan dos requisitos (ya que sino el límite sería 22.000 €): la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores (por orden de cuantía) no supera los 1.500 € y los rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el artículo 17.2.a de esta Ley. ComoRaimundo percibe 300 + 900 = 1.200 €, el primer requisito se cumple y por lo tanto tendríamos que atender al límite de 22.000 €.

CONCLUSIÓN: Raimundo percibe en conjunto 11.700 € y como el límite es 22.000 €, esta persona no tiene la obligación de declarar y por lo tanto, tampoco debería presentar la autoliquidación.

2.- El año pasado, Mario (soltero sin hijos) tuvo derecho a percibir 10.000 € dela pensión de jubilación de la Seguridad Social y 9.000 € por la renta de un plan de pensiones promovido por la empresa en que trabajó. Califique los rendimientos percibidos. Calcule las retenciones practicadas (tipo 17%). Determine si tiene obligación de declarar. Artículos 17 y 96 LIRPF.

En primer lugar, en cuanto a la calificación de los rendimientos percibidos por Mario, es importantedejar claro que ambas cantidades se encuadran dentro de los rendimientos de trabajo. En concreto, los 9.000 € procedentes del plan de pensiones se incluyen en el artículo 17.1 apartado e) de la LIRPF y los 10.000 € de la pensión de jubilación de la Seguridad Social en el 17.2 apartado a) en su punto primero de la mima ley.

En segundo lugar, para calcular las retenciones practicadas (ya que no seencuentran entre los supuestos en los que no se deberá practicar retención recogidos en el artículo 81 de RIRPF) a estas cantidades deberemos aplicar el tipo del 17 %, es decir, en el caso de la pensión de jubilación la cantidad retenida será de 1.700 € y en el caso de la renta del plan de pensiones de 1.530 €.

En último lugar, para determinar si Mario está obligado a declarar, habrá queatender al artículo 96 de la LIRPF al igual que en la primera pregunta. En principio, todos los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros de trabajo superiores a los 22.000 € deben realizar la declaración. No obstante, el apartado 3 del mismo artículo 96 nos indica que en determinados casos ese limite será de 10.000 €; pues bien, el cuarto caso hace referencia a que se perciban rendimientosíntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención como en el caso de Mario así que habría que atender al límite de 10.000 €. Como Mario recibe 19.000 € de rendimientos del trabajo en total, la conclusión será que si estará obligado a declarar.

3.- Desde octubre de 2008, Guillermo reside en Londres. Por su trabajo en España hasta esa fecha tuvo derecho a percibir 25.000 €, mientras que por sutrabajo en Londres para la empresa inglesa ROVER tuvo derecho a percibir 12.000 €. ¿Es contribuyente del IRPF español? En su caso, ¿qué rentas debe declarar? Artículos 7 a 9 y 17 LIRPF.

Para determinar si Guillermo es contribuyente del IRPF español hay que atender al artículo 8 de la LIRPF. En este artículo se establece que serán contribuyentes de este impuesto las personas físicas que...
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