Derecho A La Vida
La protección y asistencia consagradas en el artículo 43 de la Constitución Política deben ser solicitadas expresamente ante la autoridadcompetente del Estado, y probada alguna de las dos circunstancias. Si el Estado no accede a la petición, se configura la vulneración del derecho fundamental y procede en principio la acción de tutelacomo mecanismo para su protección. La mujer es portadora y dadora de vida, merece toda consideración desde el mismo instante de la concepción. Así es que por la estrecha conexión con la vida que estágestando, toda amenaza o vulneración contra su derecho fundamental es también una amenaza o vulneración contra el derecho del hijo que espera. Por eso no existe duda alguna sobre la procedencia dela acción de tutela como mecanismo para la protección del derecho, que para el caso de la mujer embarazada es un derecho fundamental de vigencia inmediata, y la petición de su protección debe seratendida prioritariamente por el Juez de Tutela.
antafé de Bogotá D.C., mayo siete (7) de mil novecientos noventa y tres (1993).
Artículo 76. “La maternidad y la paternidad son protegidasintegralmente, sea cual fuere el estado civil de la madre o del padre… El Estado garantizará asistencia y protección integral a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante elembarazo, el parto y el puerperio, y asegurará servicios de planificación familiar integral basados en valores éticos y científicos...“
BASES CONSTITUCIONALES.
En este régimen de protección laboralde la Maternidad y la Familia la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela (CNRBV) se
BASES LEGALES.
El Régimen de Protección Laboral de la Maternidad y la Familia seencuentra de una u otra forma constituido en diversas leyes, bien sea orgánica u ordinarias, y reglamentos, donde se determina de manera general cuales son los derechos y deberes laborales en cuanto a la...
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