derecho y ciencias politicas
DERECHO LABORAL
TEMA : EL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
Setiembre - 2012
Las Facultades Constitucionales del CNM.
Al CNM le compete seleccionar, nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales del Perú en todos los nivelesy jerarquías, con excepción de los jueces que han sido elegidos por elección popular.
La Constitución Política del Perú en su artículo 152º establece que se nombran por elección popular los jueces de paz y mediante una ley se fijarán la forma de elección, los requisitos, el desempeño jurisdiccional, la capacitación y el tiempo de duración en el cargo.
Así también, el CNM nombra, ratifica y/odestituye al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
¿A quiénes ratifica el CNM?
El artículo 154 Constitución Política del Perú señala que el CNM ratifica en sus cargos a jueces y fiscales de todos los niveles cada 07 años.
Las ratificaciones de jueces o fiscales empezaron a hacerse el año 2001 en virtudde que la Constitución Política del Perú, cumplió siete años de vigencia ese año y en consecuencia se cumple el periodo tras el cual, todo magistrado titular, debe pasar por un proceso de evaluación para su ratificación a efectos de considerar si permanece o no en la carrera judicial.
¿A quiénes destituye el CNM?
El CNM, previo proceso disciplinario, aplica la sanción de destitución a Vocales yFiscales Supremos. Para ello, de oficio o ante denuncia de parte, puede abrirles investigación preliminar y proceso disciplinario y en el caso de jueces y fiscales de inferior jerarquía a los supremos, la investigación preliminar y el consiguiente proceso disciplinario se hace a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, según sea el caso.
La destitución de un juez ofiscal de cualquier nivel se produce previa audiencia con el interesado y cuando éste ha sufrido sentencia penal o cometido actos no acordes con la conducta funcional que un magistrado debe observar, los mismos que sin ser delito, atentan contra los deberes de su función, el decoro y la dignidad del cargo que se le ha conferido.
Índice de la Ley Orgánica del CNM.
TÍTULO I
•Capítulo I - El Consejo•Capítulo II - Los Consejeros
TÍTULO II
•Capítulo I - Composición
•Capítulo II - Funciones del Consejo
•Capítulo III - Del Presidente
•Capítulo IV - Funcionamiento del CNM.
•Capítulo V - Del registro
Artículo 3.- La sede del CNM es la ciudad de Lima. Excepcionalmente y con acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros puede sesionar en cualquier otro lugar de la República.Artículo 5.- Para ser Consejero se requiere:
1. Ser peruano de nacimiento.
2. Ser ciudadano en ejercicio.
3. Ser mayor de cuarenticinco años.
El miembro del CNM goza de los mismos beneficios y derechos y está sujeto a las mismas incompatibilidades de los Vocales de la Corte Suprema de Justicia.
Artículo 8.- La función de Consejero es a tiempo completo.
Le está prohibido desempeñar cualquier otrocargo público o privado o ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria.
Gracias…
Introducción:
Existe una tendencia académica generalizada de colocar al lado de las relaciones individuales de trabajo, las colectivas, para marcar los límites de las dos grandes disciplinas jurídicas que engarzan el Derecho de Trabajo.
Desde que se dio inicio al industrialismocomo la primera gran revolución industrial, surgió una nueva clase social que causo un gran cambio en el contexto socio-económico mundial por el modo como surgió y se desarrollo la clase proletaria o asalariada, que por cierto en el momento actual no se detiene en sus expectativas. Trajo consigo una serie de trastornos sociales al oponerse a las desventajosas relaciones de trabajo, sumidas en...
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