derecho y ciencias politicas
SUMILLA : INTERPONE DENUNCIA PENAL CONTRA EL FISCAL DE 2°FPPC DE JAEN, POR EL DELITO DE CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICA EN LA MODALIDAD DE PREVARICATO.
SEÑOR: FISCAL SUPERIOR DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE JAÉN
HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA, identificado con DNI N° 06506619, con domicilio real en la calle la Marina N°285, con DomicilioProcesal en calle el Bosque Nº 329 – Jaén, a Usted digo:
PETITORIO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º inciso 20 y Artículo 159 Inciso 5 de la Constitución Política del Estado y con lo dispuesto en los artículos 1 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y con lo prescrito en el artículo, 418, del Código Penal vigente, recurro a su Despacho a fin deinterponer denuncia penal CONTRA EL PREVARICADOR ABUSIVO Y ARBITRARIO FISCAL DE 2°FPPC DE JAEN , DEYBI PEREZ ALARCON.
Al haber incurrido en el grave delito de Prevaricato, Grave Delito incurrido en la Denuncia Penal Nª 938 -2011 seguido contra el estafador SANTOS GARCIA CASTRO, y contra el cuestionado notario Público de JUAN MANUEL QUIROGA LEÓN, por la comisión de los Delitos de FalsedadIdeológica y de Estafa en agravio de HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA y del Estado Peruano al haber el denunciado juez, fabricado y emitido el agraviante Disposición de archivo Nº 01 – 2014 –2FPP-Jaén de fecha 8 de Enero del 2014, en la que resuelve que no procede formalizar investigación preparatoria contra los denunciados basándose en hechos completamente falsos.
En el MinisterioPúblico de Jaén existe una red de corrupción de malos magistrados que archivan bien fundamentadas denuncias penales basándose en hechos completamente falsos para favorecer dolosamente a la parte influyente del caso, según los argumentos que exponemos:
FUNDAMENTOS FÁCTICOS DE LA DENUNCIA PENAL
A.- Que el recurrente denunciante con DNI N°06506619, el agraviado narra que el día 02 de enerodel 2014 acudieron a la notaria publica del denunciado JUAN MANUEL QUIROGA LEON ubicada en la calle Bolívar N° 248 de la ciudad de Jaén para firmar la escritura pública N° 732 -2010 con Registro N° 32 con folio 1,589 vuelta del Tomo IV de compra venta de predio agrícola que otorgaba el denunciado SANTOS GARCÍA CASTRO, al mencionado agraviado HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA. En donde el supuestovendedor SANTOS GARCÍA CASTRO supuestamente en forma real perpetua e incondicional le vendía 3 hectáreas de la Parcela de su propiedad signada con código de predio N° 7_5359455_07287 ubicado en el Sector de La Pushura Centro del Distrito Bellavista y Provincia de Jaén que tiene un área 6.8259 Hectáreas, el cual obra inscrito en el asiento N° B00002 de la Partida Electrónica N° 04015949 delRegistro de Propiedad de inmueble de Jaén, pero se había realizado dicha escritura en el Notaria Publica mencionada sin los linderos y medidas perimétricas con coordenadas UTM de acuerdo a ley de la parte de la parcela que se vendía según copia de la partida que se adjunta siendo realizado toda esta tramitación por la empleada de la Notaria Publica Quiroga León identificada como ELIZABETH GOYES ÁLAMO ySegún la copia de la mencionada escritura pública el precio de compra venta pactado por las partes fue de S/. 7,000.00 nuevos soles, suma que fue cancelada en ese mismo mencionado día por la parte agraviada Sr. HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA, DENTRO DE LA MENCIONADA NOTARIA PUBLICA al denunciado vendedor SANTOS GARCÍA CASTRO en el momento de la suscripción del mencionado instrumento público ynos refiere que al retirarse de la NOTARIA PUBLICA la empleada no le entrego absolutamente ningún comprobante de pago por los 350 soles que se había pagado para la realización de la referida escritura pública por lo que después de estudiar la denuncia el asesor legal que autoriza el presente escrito y el recurrente denunciante interpusieron la denuncia respectiva para que sean castigados los que...
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