Derecho
¿Hay o no habrá sanción para el notario y de cuánto tiempo si hay estarán legalmente casados?CODIGO PENAL
CAPÍTULO IX
PREVARICACIÓN
Artículo 378
Incurrirá en reclusión de tres a nueve años, el Juez que a sabiendas dictare sentencia contraria a la ley a favor o en contra del reo encausa criminal por delito.
Artículo 379
Se impondrá reclusión de seis meses a cinco años:
Al Juez que dicte a sabiendas sentencia contraria a la ley, en juicio civil.
Al funcionario público que, asabiendas dictare providencia o resolución a la ley en negocio contencioso administrativo o meramente administrativo.
Artículo 380
Incurrirá en la pena de inhabilitación especial de seis meses a tresaños:
El Juez que se negare a fallar so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la ley.
El Juez que, por negligencia o ignorancia inexcusables, dictare sentencia manifiestamente ilegal.El funcionario que, por negligencia o ignorancia inexcusables, dictare providencia o resolución manifiestamente ilegal en negocio contencioso administrativo o meramente administrativo.
Artículo 381Será penado con reclusión de uno a dos años el abogado o procurador que, con abuso malicioso de su profesión, o negligencia o ignorancia inexcusables, perjudicare a su cliente o descubriere sussecretos, si ha tenido conocimientos de ellos en el ejercicio de su profesión.
Artículo 382
El Abogado o Procurador que, habiendo tomado la defensa de una parte, representare después, si suconsentimiento a la contraria en el mismo asunto, o la aconsejare, será castigado con reclusión de dos a tres años.
CODIGO DE FAMILIA
Articulo º 31
Los funcionarios que autoricen la formalización delmatrimonio civil estarán obligados a entregar dentro de los tres días siguientes a su celebración al Registrador Civil respectivo, certificación del acta o testimonio público en su caso, para los efectos de...
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