Derecho
Distingim dos nivells:
. Els personals: Queden en llibertat d’estat.
. Els patrimonials: Tot matrimoni quan és casaté un règim econòmic matrimonial (R.E.M.), com en aquest cas no hi ha matrimoni perquè és nul, el R.E.M., és dissolt, desapareix.
Ampliació de la informació:
2 -MEDIDAS RELACIONADAS CON EL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO
Art. 95 CC.
1) La disolución del régimen del matrimonio se produce tras la firmeza de la sentencia. Serefiere especialmente a los regímenes en los que existan bienes comunes, como ocurre en el de gananciales (conquistas en Navarra) que es el más frecuente. Pero por ello mismo,es preciso liquidar ese patrimonio común, pagando primero las deudas comunes pendientes y repartiendo el sobrante entre los cónyuges, con adjudicación de bienesconcretos a cada uno. Estos aspectos están regulados en los art. 1396 y ss. del CC.
2) El segundo párrafo del art. 95 se refiere a los efectos que conlleva la separaciónnulidad o divorcio provocada de mala fe para el cónyuge de buena fe. Es decir, al matrimonio putativo. En síntesis dice que el de buena fe podrá participar en las gananciasdel otro, pero no a la inversa.
Artículo 95:
3) La sentencia firme producirá, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución del régimen económicomatrimonial.
4) Si la sentencia de nulidad declara la mala fe de uno solo de los cónyuges, el que hubiere obrado de buena fe podrá optar por aplicar en la liquidación del régimeneconómico matrimonial las disposiciones relativas al régimen de participación y el de mala fe no tendrá derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte.
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