Derecho
LEY DE EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA ARTÍCULO 1.-Se consideran causas de utilidad pública: I.- El establecimiento, explotación o conservación de un servicio público;
II.- La apertura, ampliación, alineamiento o prolongación de calles, laconstrucción de calzadas, puentes, caminos y túneles para facilitar el tránsito urbano y sub-urbano;
III.- El embellecimiento, ampliación y saneamiento de las poblaciones y puertos, la construcción dehospitales, escuelas, parques, jardines, campos deportivos o de aterrizaje y de cualquiera otra obra destinada a prestar servicios de beneficio colectivo;
IV.- La conservación de los lugares de bellezapanorámica, de las antigüedades y objetos de arte, de los edificios y monumentos arqueológicos o históricos, y de las cosas que se consideran como características notables de nuestra culturanacional;
V.- La satisfacción de necesidades colectivas en caso de guerra o trastornos interiores; el abastecimiento de las ciudades o centros de población, de víveres o de otros artículos de consumo...
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