Derecho
.- Contra los autos dictados por los jueces de Distrito o por el superior del tribunal a quien se impute la violación reclamada, en que admitan demandas notoriamenteimprocedentes
.- Contra las autoridades responsables, en los casos a que se refiere el artículo 107, fracción VII de la Constitución Federal, por exceso o defecto en la ejecución del auto en que se hayaconcedido al quejoso la suspensión provisional o definitiva del acto reclamado
.- Contra las mismas autoridades, por falta de cumplimiento del auto en que se haya concedido al quejoso su libertadbajo caución conforme al artículo 136 de esta ley
.- Contra las mismas autoridades, por exceso o defecto en la ejecución de la sentencia dictada en los casos a que se refiere el artículo 107,fracciones VII y IX, de la Constitución Federal, en que se haya concedido al quejoso el amparo
.- Contra las resoluciones que dicten los jueces de Distrito, el Tribunal que conozca o haya conocido deljuicio conforme al artículo 37, o los Tribunales Colegiados de Circuito en los casos a que se refiere la fracción IX del artículo 107 de la Constitución Federal, respecto de las quejas interpuestasante ellos conforme al artículo 98
.- Contra las resoluciones que dicten los jueces de Distrito, o el superior del tribunal a quien se impute la violación en los casos a que se refiere el artículo 37de esta ley, durante la tramitación del juicio de amparo o del incidente de suspensión, que no admitan expresamente el recurso de revisión conforme al artículo 83 y que, por su naturalezatrascendental y grave, puedan causar daño o perjuicio a alguna de
las partes, no reparable en la sentencia definitiva; o contra las que se dicten después de fallado el juicio en primera instancia, cuando no seanreparables por las mismas autoridades o por la Suprema Corte de Justicia con arreglo a la ley
.- Contra las resoluciones definitivas que se dicten en el incidente de reclamación de daños y...
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