Derecho
Artículo 1185 El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo.
Debe igualmente reparación quien hayacausado un daño a otro, excediendo, en el ejercicio de su derecho, los límites fijados por la buena fe o por el objeto en vista del cual le ha sido conferido ese derecho.
Artículo 1190 El padre, lamadre, y a falta de éstos, el tutor, son responsables del daño ocasionado por el hecho ilícito de los menores que habiten con ellos.
Los preceptores y artesanos son responsables del daño ocasionado porel hecho ilícito de sus alumnos y aprendices, mientras permanezcan bajo su vigilancia.
La responsabilidad de estas personas no tiene efecto cuando ellas prueban que no han podido impedir el hechoque ha dado origen a esa responsabilidad; pero ella subsiste aun cuando el autor del acto sea irresponsable por falta de discernimiento.
Artículo 1195 Si el hecho ilícito es imputable a variaspersonas, quedan obligadas solidariamente a reparar el daño causado.
Quien ha pagado íntegramente la totalidad del daño, tiene acción contra cada uno de los coobligados por una parte que fijará el Juezsegún la gravedad de la falta cometida por cada uno de ellos. Si es imposible establecer el grado de responsabilidad de los coobligados, la repartición se hará por partes Iguales.
codigo penalarticulo 466
Artículo 446.
El Juez o Magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado:
1.º Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata desentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se haejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.
2.º Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para...
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