Derecho
Magistrado Ponente: Dr. ALEJANDRO MARTÍNEZ CABALLERO
Bogotá D.C., diecinueve (19) de enero de dos mil (2001) La Sala Sexta de Revisión de la CorteConstitucional, integrada por los Magistrados Alejandro Martínez Caballero, Fabio Morón Díaz y Cristina Pardo Schlesinger, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente SENTENCIA en el proceso de revisión de los fallos poferidos por el Tribunal Adminsitrativo de Córdoba el 21 de julio de 2000 y el Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo, SecciónPrimera, el 7 de septiembre de 2000. I. ANTECEDENTES
HECHOS 1.1 El Alcalde de Tierralta (Córdoba) vinculó laboralmente a los accionantes Pedro M. Valenzuela Cotés, Marcela M. Morales Polo, Carmen A. Morales Martínez, Abner S. Villegas Vega, Jorge L. Mercado Londoño, Elsida del C. Reynel Ramos, Yazmín Y. Cura Saravia, Erlys M. Hernández lópez, Juan E. Pastrana Roqueme, Baldomero Moreno Córdoba,Yaneth Moreno Rodriguez, Edilma Ortiz Naranjo, Nilvia Racines Pérez, Yira Ibañez de la Vega, Ludys Mercado Vargas, Liliana Negret Ramirez, Hernando Hernández Doria, Luz A. Banda Reyes, Martha C. Blanco Cabrera, Omar G. Urango González, Mario I. Arteaga Vertel, Henry Toribio Pereira, Rodrigo Hoyos Martínez, Luis Artega
1.2 1.3 1.4
2.1 2.2
2.3 2.4
Vertel, Samis S. Salgado Calao,Cecilia del Carmen C. Atencia Díaz, María Trinidad Cardozo Aviléz, Iris Ibañez Gómez, Rosa Fabra Cabrales, Rosa Anaya Camargo, Luz M. Pereira Coronado, Cristina Cardona Herrera, Doris Rodriguez Acosta, Luz D. Romero Fuentes, Deyanira Sosa Monterroza, Deyanira Vega López, Ana E. Oviedo, Orbey Romero Arroyo, Marbe L. Vargas Muñoz, Orly Gaviria Fuentes, Lorenzo Lozano Cohen, Cristina Isabel Berrocal Lobo,Walkin Vargas Mora, Mónica M. Pereira, Arbey A. Cogollo Figueroa, Maribel Villegas Vega, José A. Ibañez Gómez, Jaime L. Rojas Delgado, Katia M. Mercado López, Wilson Guzmán Vargas, Glesy E. Blanquiceth Murillo, Mario L. Guerra Olea, Expedito Ruiz Ballesteros, Jairo J. Cogollo Figueroa, Dicy del C. Mórelo Pastrana, José U. Petro Gonzales, Liliana M. Jaramillo Cardona, Elvia S. Avilez García, Yolimadel C. Alvarez Ayala, Esmeralda Ortiz Narváez, Mirna J. Guerra Hernández, Arledis Suárez Arias, Saidy Blanquiceth Madrid, Remberto M. Olivares Herrera, Indira Hoyos Martínez, Carlos Feria Gallego, Rocío del C. Aristizabal, Orlando Anicharico Galván, Ricaute Rodriguez Mosquera y Jaime Rizo Correa al servicio del mencionado municipio, mediante contratos de prestación de servicios. Los accionantesalegan estar bajo su permanente subordinación. El salario emanado de los contratos fue suspendido hace seis meses. El único ingreso con el que cuentan los accionantes para su propio mantenimiento y el de sus familias es el pago de su trabajo como educadores. La accionada reconoce la falta de pago de mesadas de 1999 y algunas del año 2000. Sin embargo, alega que ha sido imposible el pago de losmismos ya que no se celebró el contrato de venta de generación de energía con URRA S.A. en virtud del cumplimiento de órdenes de la Corte Constitucional en cuanto a la protección de terrenos del pueblo Embera Katío y por lo tanto las regalías que se presupuestaban recibir, no entraron al patrimonio del municipio. Aduce que en el presente caso no se está frente a contratos de trabajo, sino contratos...
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