derecho
El
derecho real
es una figura que proviene delDerecho Romano
ius in re
o derechosobre lacosa. Es un término que se utiliza en contraposición a losderechospersonales ode crédito.Por derecho real entendemos derecho de bienes o de cosas. Por tanto, en una primeraaproximación, podemos decir que el derecho real supone una relación entre persona ycosa.Para completar el conceptode derecho real se suele hacer referencia a la distinciónentre este y el derecho de crédito u obligación. Derechos reales son aquellos queatribuyen a su titular un derecho pleno o limitado sobre una cosa, un bien. Derecho deobligación es aquel que atribuye a su titular la facultad de exigir una prestación (de darhacer o no hacer) a un tercero.Hay teorías que niegan los derechos reales basándose enla inexistencia de relacionesentre personas y cosas. Para estas teorías las relaciones serían entre personas. Es cierto,que en todo derecho real hay una relación entre personas, derivada de la obligación derespetar las situaciones de titularidad o derechos sobre los bienes, pero esta es unaobligación de Derecho público, de respeto de las situaciones jurídicas de los terceros yaplicable a todos losámbitos de la normatividad.Las notas características de los derechos reales son:
○
Inmediatividad. En los derechos reales hay una relación directa e inmediata entre unapersona y una cosa.
○
Exclusividad. El titular de un derecho real excluye a cualquier otra persona en larelación con la cosa.
○
Reipersecutoriedad. El titular del derecho real tiene la facultad de perseguir la cosacuando hasalido indebidamente de su patrimonio.
Elementos de los derechos reales
Como elementos de los derechos reales podemos mencionar los siguientes:
•
El Sujeto Activo
; que es la persona en quien se produce el poder de hecho o elderecho sobre la cosa, es la persona que ha adquirido el derecho real y es titularde ese derecho.
•
El Sujeto Pasivo
; Un sujeto pasivo, el deudor, es la persona queestá obligada aprocurar al acreedor del objeto de la obligación. Puede haber en ella uno o variosdeudores, como uno o varios acreedores.
Características de los derechos reales
Como características se pueden establecer los siguientes aspectos:
•
El Derecho Real es Absoluto; es decir que vale contra todos, surge para todos; eserga omnes; esto significa que los no titulares del derecho, laspersonas que noforman parte de esa relación jurídica que constituye los derechos reales tiene eldeber de guardar respeto frente al derecho real y deben abstenerse de interferiren esa relación entre persona y cosa
Concepto de cosas.
Los romanos denominaban a la cosa como “res”, esta es todo objeto extraño al hombreque ocupa un lugar en el espacio, en este sentido es todo lo que existe y por lo tantoeneste concepto se engloban las cosas materiales o corporales; así como las incorporales.En sentido Restringido: Cosa es todo aquello que procura una utilidad al hombre y essusceptible de propiedad privada, es este sentido cosa es sinónimo de bien.En sentido Jurídico: Cosa es todo aquello que puede ser objeto de derecho patrimonial yrepresenta una utilidad estimable en dinero.
Clases de cosas
Lascosas se clasifican atendiendo por un lado a sus características físicas y exteriores, opor la consideración que merecen al derecho a efectos de su pertenencia y apropiaciónpor el hombre.Por sus características exteriores o físicas, las cosas se dividen en:
•
Corporales o incorporales: según Gayo son corporales las cosas tangibles, como unfundo, un esclavo, un vestido, un objeto de oro o deplata y, en fin otras muchas.Son incorporales las no tangibles, como son las que consisten en un derecho; porejemplo, una herencia, un usufructo, y las obligaciones de cualquier clase.
•
Cosas divisibles e indivisibles: las que pueden dividirse, de forma que las partesresultantes tienen la misma función que tenía la cosa entera, y aquellas otras queno son susceptibles de división sin que sufran...
Regístrate para leer el documento completo.