DERECHO
Jurisdicción:
Artículo 5.- CCADM.
1) La Jurisdicción Contencioso-Administrativa y Civil de Hacienda será improrrogable.
2) Cuando el Tribunal aprecie, de oficio, la falta de competencia, oirá previamente a las partes.
3) La declaración de incompetencia será fundada y siempre se dictará indicando la jurisdicción que se estime competente; si la partedemandante se apersona ante ella en el plazo de un mes, se entenderá que hizo la gestión ante la autoridad correspondiente, en la fecha en que se inició el plazo para incoar el proceso contencioso-administrativo.
4) Cualquiera de las partes o el despacho ante el que se remite, podrá manifestar su inconformidad contra lo resuelto sobre la competencia, dentro del plazo de tres días. Todos losconflictos de competencia serán resueltos por el Tribunal de Casación de lo Contencioso-Administrativo y Civil de Hacienda.
Capacidad Procesal:
Artículo 9.-
Tendrán capacidad procesal ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda, además de los sujetos que la ostenten de conformidad con la legislación común:
a) Los menores de edad, cuando puedan hacerlo en forma directa,sin necesidad de que concurra su representante.
b) Los grupos, las uniones sin personalidad o los patrimonios independientes o autónomos, afectados en sus intereses legítimos, sin necesidad de estar integrados en estructuras formales de personas jurídicas. Para el reclamo de daños y perjuicios en los supuestos de este apartado, será necesario comprobar la titularidad de la situación jurídicalesionada de quien demanda. Igual regla se aplicará para los supuestos contenidos en los apartados c) y d) del Artículo 10 de este Código.
Legitimación para demandar:
Artículo 10.-
1) Estarán legitimados para demandar:
a) Quienes invoquen la afectación de intereses legítimos o derechos subjetivos.
b) Las entidades, las corporaciones y las instituciones de Derecho público, y cuantasostenten la representación y defensa de intereses o derechos de carácter general, gremial o corporativo, en cuanto afecten tales intereses o derechos, y los grupos regidos por algún estatuto, en tanto defiendan intereses colectivos.
c) Quienes invoquen la defensa de intereses difusos y colectivos.
d) Todas las personas por acción popular, cuando así lo disponga expresamente, la ley.
e) LaAdministración, además de los casos comprendidos en el párrafo quinto del presente artículo, cuando se haya causado un daño o perjuicio a los intereses públicos, a la Hacienda Pública, y para exigir responsabilidad contractual y extracontractual.
2) Podrán impugnar directamente disposiciones reglamentarias, quienes ostenten, respecto de estas, algún interés legítimo, individual o colectivo, o algúnderecho subjetivo, sin que se requiera acto de aplicación individual.
3) Igualmente estarán legitimados la Defensoría de los Habitantes y, en materia de Hacienda Pública, la Contraloría General de la República, cuando pretenda asegurar o restablecer la legalidad de las actuaciones u omisiones sujetas a su fiscalización o tutela.
4) Cualquier interesado que haya sido afectado en sus intereseslegítimos o derechos subjetivos, podrá pedir la declaratoria, el reconocimiento o el restablecimiento de una situación jurídica, con reparación patrimonial o sin ella.
5) La Administración podrá impugnar un acto propio, firme y creador de algún derecho subjetivo, cuando el superior jerárquico supremo haya declarado, en resolución fundada, que es lesivo a los intereses públicos.
Partes en laDemanda:
Artículo 12.-
Se considerará parte demandada:
1) La Administración Pública autora de la conducta administrativa objeto del proceso, salvo cuando se trate de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones; en este caso, se demandará al Estado.
2) Los órganos administrativos con personalidad jurídica instrumental, en tanto sean autores de la conducta...
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