Derecho
ALEJANDRO RÓMULO ARAVENA FERNANDEZ
A
MARÍA INALVIA NEIRA ARANEDA
Comparecen: Por una parte, don ALEJANDRO RÓMULO ARAVENA FERNÁNDEZ, divorciado, empleado, cédula nacional de identidad y rol único tributario número siete millones quinientos sesenta y tres mil ochocientos ocho guión seis (7.563.808-6), con domicilio en calle Los Carrera N° 572 , comuna de Chiguayante, enadelante el cedente; y por la otra, doña MARÍA INALVIA NEIRA ARANEDA, divorciada, labores de casa, cédula nacional de identidad y rol único tributario seis millones novecientos noventa y dos mil quinientos sesenta y cuatro guión dos (6.992.564-2), con domicilio en calle Luis Acevedo N°556, comuna de Chiguayante, en adelante la cesionaria; ambos comparecientes chilenos, mayores de edad, a quienesconozco por haberme acreditado sus identidades con las cédulas citadas y exponen:
PRIMERO: 1) Que los comparecientes ALEJANDRO RÓMULO ARAVENA FERNÁNDEZ y MARÍA INALVIA NEIRA ARANEDA, contrajeron matrimonio, en régimen de sociedad conyugal, el (1) uno de Octubre de mil novecientos setenta y cinco (1975) y durante la vigencia de la sociedad conyugal los comparecientes antes nombrados adquirieronel inmueble que más adelante se individualiza; 2) Que por sentencia de veintiuno (21) de Agosto de dos mil doce (2012), dictada por el Tribunal de Familia de Concepción en la causa de divorcio por cese de convivencia y compensación económica, rol interno del tribunal C guión dos mil doscientos veinte guión dos mil doce (RIT C-2220-2012), caratulada “ARAVENA/NEIRA” se puso término al matrimonioexistente entre las partes comparecientes, por causa de divorcio, sentencia que se encuentra ejecutoriada; 3) Que la sentencia referida en el número precedente, en cuanto a la compensación económica demandada por doña MARÍA INALVIA NEIRA ARANEDA, declaró lo siguiente: “Que se aprueba la conciliación a la que han arribado las partes en materia de compensación económica en cuya virtud don ALEJANDRORÓMULO ARAVENA FERNÁNDEZ debe ceder a doña MARÍA INALVIA NEIRA ARANEDA, por concepto de Compensación Económica, las acciones y derechos que por concepto de gananciales le corresponden en el inmueble compuesto de propiedad de la sociedad conyugal existente entre ellos correspondiente al sitio número veinte del Sector número cuatro de la subdivisión de la propiedad de mayor extensión, que estabaformado por cuatro hijuelas formando un solo cuerpo, ubicado en la ciudad de Chiguayante calle Manuel Rodríguez, número cuatrocientos veintiséis (426) , hoy calle Luis Acevedo N°556 Población las Américas comuna de Chiguayante, inscrito a fojas cinco mil novecientos sesenta y uno (5961) vuelta bajo el número tres mil trescientos sesenta y cinco (3.365) del Registro de Propiedad del año mil novecientosochenta y nueve (1989) del Conservador de Bienes Raíces de Concepción”, inmueble que se singulariza en la cláusula siguiente.
SEGUNDO: A) Que el compareciente ALEJANDRO RÓMULO ARAVENA FERNÁNDEZy la compareciente MARÍA INALVIA NEIRA ARANEDA, ambos ya individualizados, por causa del vinculo matrimonial y sociedad conyugal que existió entre ellos por el hecho del matrimonio, son dueños en común ypor iguales partes del sitio número veinte del Sector número cuatro de la subdivisión de la propiedad de mayor extensión, que estaba formado por cuatro hijuelas formando un solo cuerpo, ubicado en la ciudad de Chiguayante calle Manuel Rodríguez, número cuatrocientos veintiséis (426), hoy calle Luis Acevedo N°556 Población las Américas comuna de Chiguayante, Provincia de Concepción , OctavaRegión, que tiene una superficie total de doscientos (209) metros cuadrados, con un frente de catorce metros sesenta centímetros (14,60) por catorce metros treinta centímetros(14,30) de fondo y sus deslindes especiales son: NORTE: sucesión Bolshauzer; SUR: callejón o pasaje privado; ORIENTE: sitio número diecinueve; PONIENTE: sitio número veintidós. La propiedad se encuentra inscrita a nombre de...
Regístrate para leer el documento completo.