derecho
A.I.Nº..............
Asunción, de de 2.010.-
VISTO: El escrito presentado por la Sra. Natividad Agüero, por derecho propio y bajopatrocinio de Abogado y;----------------------------------------------------------------------
C O N S I D E R A N D O:
Que, en el referido escrito manifiesta que en los autos principales se haoperado la caducidad de instancia, atendiendo que las partes intervinientes no han agregado prueba alguna o documento alguno relacionado al juicio que nos ocupa, además de no existir resolución alguna queimpida la declaración de este instituto. De la misma forma solicita el levantamiento de la medida cautelar de anotación de litis que pesa sobre la Finca Nº 2420 del Distrito de Altos, solicitando enconsecuencia, se libre oficio a los Registros Públicos para su cumplimiento.---------------------------------------------------------------------
Que, es de notar que en estos autos, se ha dadocumplimiento a lo dispuesto por el Art. 120 del C.P.C., en el sentido de que las partes han manifestado a este Juzgado que en sus poderes no existe documento, actuación o prueba alguna relacionada alpresente juicio, de la misma forma, tampoco obra en autos resolución alguna que impida a esta Magistratura declarar operada la caducidad de instancia en el expediente principal, por los motivosexpuestos.-------------------------------------------------------------------------------
Que, el Art. 172 del C.P.C., establece: “Plazo. Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicio,cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses. Dicho plazo será el fijado por las leyes generales para la prescripción de la acción, si éste fuere menor. El impulso del procedimiento por...
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