derecho
”..PRIMERA: serán los días martes de cada semana de las 13:00-trece horas a las 19:00-diecinueve horas, para lo cual el padre pasará por la menor a la salida de la escuela,ubicada en la Avenida República Mexicana, en la Colonia La Nogalera, San Nicolás de los Garza, Nuevo León y la dejará en el domicilio que habita la infante con su madre en la Calle Raúl Cadena Reyes,número 522, Colonia La Nogalera, en San Nicolás de los Garza, Nuevo León; en el entendido de que de estar de vacaciones la menor o no ser día lectivo, el padre de la menor pasará al domicilio antesindicado donde vive la infante con su madre y la devolverá al mismo. Así mismo, señalan como convivencia ordinaria del padre con la menor MANDY MICHELLE DOMINGUEZ RODRIGUEZ, el día jueves de cada semana delas 19:30-diecinueve horas con treinta minutos a las 21:00-veintiún horas, y el día sábado de cada semana de las 17:30-diecisiete horas con treinta minutos a las 20:30-veinte horas con treintaminutos, para lo cual fungirá como lugar de entrega y recepción de la menor el domicilio antes indicado que habita dicha infante..”
En base a lo anterior el C. DOMINGUEZ PUENTE los días MARTES y JUEVESlleva a la menor MANDY MICHELLE DOMINGUEZ RODRIGUEZ al domicilio antes mencionado 01-una hora después de lo plasmado en el convenio.
II.-En cuestión de los alimentos la menor se encuentra en elhorario de clases y comenta que el C. ARMANDO DOMINGUEZ PUENTE solo le proporciona a la menor “leche y galletas” para alimentarse en su hora de recreo, por el cual al momento de llegar al domicilio en...
Regístrate para leer el documento completo.