DERECHO
D. Gómez Vaquero. Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil Torre de Sevilla, según tengo debidamente acreditado en losautos al margen referenciados, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que habiéndose dictado liquidación provisional en este procedimientocon fecha 29 de 7 de 2010, y notificada a esta parte en fecha 10 de 8 de 2010, preparamos recurso de apelación contra la referida resolución ante este Tribunal, que dictó de fecha 26 de 4 de 2011, enla que se tenía por preparado el recurso, y dentro del plazo que se me otorgó en la misma para la interposición, por el presente escrito, interpongo recurso de apelación con fundamento en lassiguientes
Alegaciones:
Primera: El plazo para la notificación por parte de la administración en los procedimientos iniciados de oficio contara desde la fecha de notificación del acuerdo deinicio, según el art. 104, 1, a ley 58/2003 de 17 de diciembre LGT. Según el art 104.4b transcurrido el plazo para notificar la liquidación al interesado producirá la caducidad del procedimiento quesegún el art 104,5 ley 58/2003 indica que la caducidad producirá el archivo del procedimiento. Aunque la administración podrá incoar en el plazo de 4 años previsto en el art. 66, a de la LGT cualquierprocedimiento de inspección.
Suplico:
Que teniendo por presentado este escrito y por hechas las alegaciones en el contenidas, lo admita, y tenga por interpuesto el recurso deapelación contra la liquidación provisional de fecha 3 de 5 de 2011, en tiempo y forma, impugnando todos los pronunciamientos de la parte dispositiva, y previos los trámites pertinentes ordene la remisión de los autosal Tribunal competente para que dicte sentencia , absolviendo a esta parte del pago de la cantidad liquidada, y condene a la otra parte en las costas procesales pertinentes.
Francisco...
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