derecho
Es verdad que el emplazamiento tiene por efecto interpelar o requerir al demandado para el cumplimiento de las obligaciones que se demandan; sin embargo, en términos de losartículos 79 y 172 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, tratándose de pagarés con vencimientos sucesivos, los cuales deben entenderse pagaderos a la vista, han de ser presentados alobligado dentro de los seis meses siguientes a su suscripción, para así poder fijar la fecha de su vencimiento y, con ello, determinar la procedencia de la acción cambiaria.
SEGUNDO TRIBUNALCOLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO
TÍTULOS DE CRÉDITO CON VENCIMIENTOS SUCESIVOS, SE ENTIENDEN PAGADEROS A LA VISTA, Y SU PRESENTACIÓN AL DEMANDADO EN LA DILIGENCIA DE EMPLAZAMIENTO A JUICIOEJECUTIVO MERCANTIL, SURTE EFECTOS DE INTERPELACIÓN JUDICIAL, CONSTITUYÉNDOLO EN MORA A PARTIR DE LA FECHA DE LA PRÁCTICA DE TAL DILIGENCIA.
De conformidad con el artículo 79, último párrafo de laLey General de Títulos y Operaciones de Crédito, los títulos de crédito con vencimientos sucesivos, se entenderán pagaderos a la vista por la totalidad de la suma que expresen; tomando enconsideración esa circunstancia, se estima que para hacer incurrir en mora al deudor de un título pagadero a la vista, es menester presentarle el documento y requerirlo de su pago, para que en el supuesto de quedicho deudor no pague su importe a partir de ese momento se estime que ha incurrido en mora, sin embargo, no es necesario que previamente al ejercicio de la acción cambiaria directa en el juicioejecutivo mercantil, se realice tal acto de interpelación, pues de conformidad con el artículo 1392 del Código de Comercio, la orden de exequendo dictada en un juicio de esa naturaleza tiene como primera...
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