derecho
Según lo planteado en la casuística, y lo decidido por el tribunal de tierras, se evidencia a mi manera de argumentar, que existe daño especial en el caso plantado, pues para que se configurara la responsabilidad del estado por culpa del legislador, debió existir un daño antijurídico y que el mismo le fuese imputable a unaacción u omisión de una autoridad pública, cuestión que no sucedió, por cuanto no se le puede imputar a estado el hecho de que Luis le haya comprado a Pedro por un precio menor al real del inmueble, ya que al realizarse el contrato de compraventa entre las partes, se evidencia la voluntad de las partes para contratar.
Entrando de lleno a la argumentación atribuida en mi caso al daño especial, sustentoel mismo manifestado que aquel existe por cuento se evidencia en el problema bajo estudio, la concurrencia de requisitos tipificadores de la metada figura, pues si bien es cierto que el daño especial es una actuación legitima del estado, la cual genero un perjuicio a un particular, no es menos cierto que la misma supero las cargas normales alas cuales esta sujeto el administrad, debiendo serindemnizado plenamente el comprador, ya que según el caso no se evidenció presión alguna en la contratación, pues la teoría (daño especial) tiene su soporte normativo en la carta política del 91 en cuanto ala igualdad de los administrados, o de lo contrario se rompería con el concepto de estado social de derechos.
Una ves sustentado parte de la argumentación continuó manifestando que la existencia deaquel como ya quedo plasmado, se tipifica por que la actividad que se desarrolló en el caso es legitima, pues la misma esta estrictamente enmarcada dentro de la legalidad; la decisión adoptada por el legislador (Estado), llevó como consecuencia el menoscabo del derecho de una persona, lesionando al señor Luis Fernando al negarle el reembolso de las mejoras hechas al predio; el menoscabo delderecho tubo origen en el rompimiento del principio de la igualdad frente a las cargas publicas, cediendo una porción de su libertad, pero la carga que ello implica debió distribuirse entre todos por igual; el rompimiento de la igualdad causo un daño grave y especial por cuanto el mismo recayó sobre los derechos patrimoniales del señor Luis Fernando, dejando en detrimento su patrimonio, el cual es unadministrado frente al estado; existe un nexo causal entre la actividad legitima de la administración de justicia y el daño causado, pues el comportamiento de la entidad publica causo el daño grave y desproporcionado al particular.
Concluyo la intervención haciendo énfasis en que si bien el estado causa daño a una persona (administrado), el mismo debe resarcir lo causad, ya que le es imputadoel rompimiento de la carga que no esta obligado a soportar el afectado.
RESEÑA ASPECTOS DE LA ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA Y SU DESPLIEGUE E LA VISIÓN MODERNA DEL JUEZ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-
En Colombia, son muchos los mecanismos utilizados por los administrados, para defender sus derechos, cuando quiera que estos se ven seriamente amenazados o ya han sido vulnerados por laadministración estatal (Estado). Es el artículo 90 de la C.N., el que manifiesta que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas y que en el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposade un agente suyo, aquél deberá repetir contra éste.
Si bien vivimos en un estado social derecho, no seria contrario manifestar que las normas se encuentran al servicio del hombre, situación contraria a la que se vivía con las anteriores constituciones, lo que nos pone en situación de favorabilidad si es viable llamarlo de esa manera, pues los administrados no están en la obligación de soportar...
Regístrate para leer el documento completo.