derecho
Artículo 310 del texto constitucional el cual hace énfasis a la actividad turística y económica de nuestro Estado Venezolano.
Es de lacompetencia del poder nacional en materia turística que será ejercida por órgano de la Corporación de Turismo de Venezuela:
1.- Defender, vigilar y controlar los intereses turísticos de laRepública y la recta aplicación de las normas jurídicas en todo el Territorio Nacional.
2.- Representar y promover la República ante los organismos y eventos públicos o privados, nacionales ointernacionales.
3.- Formular el Plan Nacional o Plan Rector de Desarrollo Turístico.
4.- Administrar, conservar, fomentar y aprovechar los bienes de interés turístico nacional. En ejercicio deestas facultades el Ejecutivo Nacional podrá, de conformidad con las leyes, vender, arrendar o adjudicar los bienes turísticos nacionales. Cuando se trate de adjudicaciones de bienes turísticosnacionales a los estados o municipios, el Ejecutivo Nacional podrá establecer un sistema especial de adjudicación a título gratuito.
5.- Establecer, coordinar y unificar las normas y procedimientostécnicos para obras de ingeniería, de arquitectura y urbanismo de interés turístico.
6.- Proponer la ejecución de obras públicas de interés turístico nacional.
7.- Establecer las directrices y...
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