Derecho
Muerte Presunta :
La declaratoria de Muerte presunta en la legislación colombiana, puede ser pedida por el cónyuge del desaparecido, por los hijos o herederos, cuando pasan dos años sin tenerse noticias de quien se pretende declarar como muerto presunto.
Artículo 97 código Civil Colombiano: Si pasaren dos años sin haberse tenido noticias del ausente, se presumiráhaber muerto éste, si además se llenan las condiciones siguientes:
1. “La presunción de muerte debe declararse por el juez del ultimo domicilio que el desaparecido haya tenido tenido en el territorio de la nación, justificándose previamente que se ignora el paradero del desaparecido, que se han hecho las posibles diligencias para averiguarlo, y que desde la fecha de las ultimas noticias que setuvieron de su existencia, han transcurrido, a lo menos, dos años.
2. La declaratoria de que habla el artículo anterior no podrá hacerse sin que preceda la citación del desaparecido, por medio de edictos, publicaciones en el periódico oficial de la Nación, tres veces por lo menos, debiendo correr más de cuatro meses entre cada dos citaciones.
3. La declaración podrá ser provocada porcualquiera persona que tenga interés en ella, pero no podrá hacerse sino después de que hayan transcurrido cuatro meses, a lo menos desde la ultima citación.
4. Será oído, para proceder a la declaración y en todos los trámites judiciales posteriores, el defensor que se nombrará al ausente desde que se provoque tal declaración; …”
5. Todas las sentencias, tanto definitivas como interlocutorias sepublicarán en el diario oficial.
6. El juez fijará como día presuntivo de la muerte el último del primer bienio (Bienio: Periodo de dos años), contado desde la fecha de las ultimas noticias; y transcurridos dos años más desde la misma fecha, concederá la posesión provisoria de los bienes del desaparecido.
7. “…”
Decretada la muerte presunta, los bienes que correspondan al fallecidopresunto deberán adjudicarse a sus herederos presuntos legítimos.
Articulo 96 código civil: Cuando una persona desaparezca del lugar de su domicilio, ignorándose su paradero, se mirará el desaparecimiento como mera ausencia, y la representarán y cuidarán sus intereses sus apoderados o representantes legales.
Artículo 591 del Código de Procedimiento civil: inciso segundo… “ si se desconoce elparadero del asignatario y este carece de representante o apoderado, se le emplazará en la forma indicada en el artículo 318 del C.P.C. cumplido el emplazamiento, sino comparece se le nombrará curador ad litem…”... “y reemplazará al ausente en el proceso hasta su apersonamiento”.
A NIVEL DE OTROS ORDENAMIENTOS :
MUERTE PRESUNTA ( chile )
Se presume muerto el individuo que ha desaparecido,ignorándose si vive. Ello, mediante un procedimiento judicial que, en definitiva, establece que el desaparecido ha fallecido, pudiendo así regularizar todas las situaciones que por su desaparecimiento se mantenían inciertas. El procedimiento que a continuación se detalla es la regla general, toda vez que en casos especiales se omiten ciertos plazos y/o trámites (accidentes náuticos o aéreos,terremotos, etc.).
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Solicitud de Muerte Presunta
• Por escrito y con las formalidades de toda tramitación judicial
• En cuanto a lacompetencia, la muerte presunta debe declararse por el juez del último domicilio que el desaparecido haya tenido
• Individualización del solicitante.
• La declaración podrá ser provocada por cualquiera persona que tenga interés en ella
• Individualización del desaparecido.
• Se deberá justificar y acreditar que se ignora su paradero.
• Asimismo, deberá acreditarse que se han hecho las...
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