Derecho
Derecho de alimentos
El concepto de alimento que da nuestra legislación es un concepto amplio, que no incluye específicamente a la comida si no que también es extensivo a otros tipos de gastos como por ejemplo: locomoción, vestuario, estudios, etc.
¿A quienes se debe el alimento?
El art. 321 C. Civil, establece un orden de prelación respecto de las personas a las cuales se debenalimentos.
1. Se deben alimentos al cónyuge.
2. A los descendientes.
3. A los ascendientes.
4. A los hermanos.
5. Al que izo una donación cuantiosa
Esta donación la va a dirigir el donante con el donatario.
Los primeros son los cónyuges
La persona que para pedir alimentos reúna varios títulos de los enumerados en el Art.321 solo puede ser uso de uno de ellos.
Regla generaly acepción
¿Asta que edad puedo demandar por pensión de alimento?
La regla general es hasta los 21años, pero la excepción es que podre demandar pasado los 21 años, siempre que este estudiando una profesión u oficio y en ese caso es hasta los 28 años.
Pasado los 28 años el padre debe pedir el C.C para darle término a la pensión.
(Alimentante es quien da la pensión,
Alimentado es quien recibela pensión)
La pensión de alimento debe habilitar al alimentado para vivir modestamente de acuerdo a su posición social.
Para considerar el monto de o la tasación de la pensión de alimentos el juez va a tomar en cuenta las facultades del deudor y sus circunstancias domesticas.
Las pensiones de alimento se deben desde la primera demanda por lo que no existe pensiones de alimento retroactivas.Cosa muy distinta es poder pedir el cumplimiento de pensiones decretadas judicialmente y que no han sido pagadas
¿Hasta cuando dura la pensión de alimento?
La ley señala que se establece por toda la vida el alimentario continuando las circunstancias que legitimaron la demanda. Sin perjuicio de ello los alimentos concedido a los descendientes y hermanos durara asta que cumplan los 21 añossalvo.
1- Que estén estudiando un profesión u oficio, que en este caso durara asta los 28 años.
2- Que les afecte una incapacidad física o mental que les impida subsistir por si mismos.
El que debe alimento no puede oponer al demandante lo que este le deba a el
O9- 11-2011
Derecho de alimentos
Mediación Demanda Notificar audiencia preparatoria
FrustraOfrecer la prueba
* Testigos Informe social
* Documento
* Confesión
* ETC.
Informe
Socioeconómico.
Alimento Juicio
Rinde prueba Sentencia
16-11-11
Es lo que antes se denominaba derecho de visitas.
El cuidado personal de os hijos le corresponde a ambos padres o al padre o madre sobrevivientes (si afallecido uno de ellos).
Si los padres se encuentran separados, le toca a la madre el cuidado personal de los hijos.
Existen excepciones a esto (que el cuidado lo tenga la madre), puesto que mediante escritura publica o acta extendida ante el oficial de registro civil, la cual debe subinscribirse en la inscripción de nacimiento ( del hijo), ambos padres de común acuerdo podrán determinar queel cuidado personal del hijo le corresponda al padre
2. cuando el interés del hijo haga indispensable el cuidado personal al otro padre
Ejemplo:
* La madre se drogue
3. En caso de inhabilidad física del padre o madre incluible el caso de que ambos tengan una inhabilidad física o moral, se puede confiar el cuidado personal a otra persona o personas competentes.
En tos aquellos casos enque uno de los padres no tenga el cuidado personal del hijo, no quedara privado de mantener por este una relación directa y regular , la que será ejercida por la libertad y frecuencia que acordaren las partes o en su defecto la que estime conveniente el juez de familia.
Patria potestad
Es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre Sobre los vienesde los hijos...
Regístrate para leer el documento completo.