Derecho

Páginas: 76 (18854 palabras) Publicado: 19 de diciembre de 2011
Base de Datos de Legislación
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| |Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en|
| |metálico, de efectos o valores.|
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Sumario:
• CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
o Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
o Artículo 2. Adjudicación del contrato de apertura y gestión de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales.o Artículo 3. Nomenclatura y autorización para disponer de los fondos.
o Artículo 4. Cuenta general y cuentas de expediente.
o Artículo 5. Gestión y control de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones.
o Artículo 6. Suministro de información.
• CAPÍTULO II. OPERACIONES EN LA CUENTA DE DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES.
o Artículo 7. Recepción material yocupación de dinero.
o Artículo 8. Requisitos formales de las operaciones.
o SECCIÓN I. INGRESOS.
▪ Artículo 9. Ingresos específicos sin existencia previa de expediente judicial.
▪ Artículo 10. Ingresos específicos en el orden penal.
▪ Artículo 11. Ingresos específicos en el orden social.
o SECCIÓN II. DISPOSICIÓN DE FONDOS▪ Artículo 12. Reintegros de cantidades: mandamientos de pago y transferencias a cuentas bancarias no judiciales.
▪ Artículo 13. Transferencias al Tesoro Público.
▪ Artículo 14. Transferencias a la Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados.

• DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Cuenta de Depósitos y Consignaciones de las Secciones de Menores delas fiscalías.
• DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Cuenta de Depósitos y Consignaciones de las Fiscalías en el marco de las Diligencias de Investigación.
• DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Cuentas de Depósitos y Consignaciones de los Juzgados de Paz.
• DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Cuentas de Depósitos y Consignaciones en los órganos de la Jurisdicción Militar.
• DISPOSICIÓNTRANSITORIA PRIMERA. Depósitos y Consignaciones en la Caja General de Depósitos.
• DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Mandamientos de devolución expedidos.
• DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Órdenes de transferencias a cuentas no judiciales.
• DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Juzgados de paz o agrupaciones de secretarías de juzgados de paz con cuenta.
• DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA.Contrato vigente.
• DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
• DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Facultades de desarrollo y ejecución.
• DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modelos de formularios.
• DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.
El Real Decreto 34/1988, de 21 de enero, por el que se regulan los pagos, depósitos y consignaciones judiciales, supuso un importante avancerespecto a la regulación anterior: suprimió la recepción material de dinero en los Juzgados y Tribunales, estableció la obligatoriedad de una única entidad de crédito para prestar el servicio y fijó determinados parámetros de homogeneización en la gestión de las cuentas. Sin embargo, el tiempo transcurrido, la experiencia acumulada durante el mismo, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 19/2003,de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas Medidas de Prevención del Blanqueo de Capitales, y, sobre todo, el progreso de la tecnología y el desarrollo de la sociedad de la información, hacen necesaria la elaboración de una nueva normativa que incorpore las técnicas electrónicas,...
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