Derecho
LOSTRIBUNALES DEL MUNICIPIO
En la categoría C en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres milunidades tributarias (3.000 UT) es decir que no exceda de Bsf. 270.000, oo de conformidad con el Artículo 1 Numeral a de la Resolución Nº 2009-0006
LOS TRIBUNALESDE 1º INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO
En la categoría B en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuyacuantía exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 UT) es decir que exceda de Bsf. 270.000, oo de conformidad con el Artículo 1 Numeral b de la Resolución Nº 2009-0006EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO BREVE
Las causas que se refiere el Artículo 881 del Código de Procedimiento Civil y cualquier otra a que se someta esteprocedimiento, cuya cuantía no exceda de mil quinientas unidades tributarias (1.500 UT) es decir que no exceda de Bsf. 135.000, oo de conformidad con el Artículo 2 de laResolución Nº 2009-0006
EN CUANTO A LA APELACION PARA PROCEDIMIETNO ORDINARIO Y BREVE
De conformidad con los Artículos 882 y 891 del Código de Procedimiento Civil,expresadas en bolívares, se fijan en quinientas unidades tributarias (500 UT) es decir en Bsf. 45.000, oo de conformidad con el Artículo 2 de la Resolución Nº 2009-0006
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