Derecho
realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberían producir el resultado, u omitiendo los
que deberían evitarlo, si aquél no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente. Para imponer la pena de la tentativa el juez tomará en cuenta, además de lo previsto en el artículo52,
el mayor o menor grado de aproximación al momento consumativo del delito
Si el sujeto desiste espontáneamente de la ejecución o impide la consumación del delito, no se
impondrá pena o medida de seguridad alguna por lo que a éste se refiere, sin perjuicio de aplicar la que
corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismos delitos.
Jurisprudencia. tentativa,elementos del delito de , la tentativa se integra con dos elementos el subjetivo consistente en la intencion dirigida a cometer un delito, el objetivo consistente en los actos realizados por el agente y que deben de ser de naturaleza ejecutiva, y un resultado no verificado por causas ajenas a la voluntad del sujeto.
La tentativa para que sea punible requiere la ejecucion de la conducta que deveriaproducir el delito. la sola pretencion de comprar droga, no puede , por si sola ubicarse dentro de la figura tipica de la tentativa, por ser un acto preparatorio de caracter ambiguo que como tal , no es posible su determinacion en relacion presisa con el delito que se va a cometer.
Artículo 13.- Son autores o partícipes del delito:
I.- Los que acuerden o preparen su realización.
II.- Los quelos realicen por sí;
III.- Los que lo realicen conjuntamente;
IV.- Los que lo lleven a cabo sirviéndose de otro;
V.- Los que determinen dolosamente a otro a cometerlo;
VI.- Los que dolosamente presten ayuda o auxilien a otro para su comisión;
VII.- Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al delincuente, en cumplimiento de una
promesa anterior al delito y
VIII.- los que sinacuerdo previo, intervengan con otros en su comisión, cuando no se pueda precisar
el resultado que cada quien produjo.
Los autores o partícipes a que se refiere el presente artículo responderán cada uno en la medida de
su propia culpabilidad.
Para los sujetos a que se refieren las fracciones VI, VII y VIII, se aplicará la punibilidad dispuesta por
el artículo 64 bis de este Código.Jurisprudencia. Coautoria material se genera cuando existe entre los agentes condominio funcional del hecho. Aun cuando la aportacion de un sujeto al hecho delictivo no pueda, formalmente, ser considerada como una porcion de la accion tipica, si aquella resulta adecuada y escencial al hecho de tal manera que evidencia existio entre los agentes un reparto del dominio del hecho en la etapa de surealizacion tal aportacion es suficiente para considerar a dicho agente o autor material del delito en terminos del art. 13 fraccion III del codigo penal para el distrito federal como ocurre en el delito de robo cuando uno de los activos es el que se apodera materialmente de las cosas ajenas mientras otro, amen de brindarle apoyo con su presencia, impide que uno de los ofendidos acuda a solicitarauxilio.
Artículo 14.- Si varios delincuentes toman parte en la realización de un delito determinado y alguno
de ellos comete un delito distinto, sin previo acuerdo con los otros, todos serán responsables de la
comisión del nuevo delito, salvo que concurran los requisitos siguientes:
I.- Que el nuevo delito no sirva de medio adecuado para cometer el principal;
II.- Que aquél no sea unaconsecuencia necesaria o natural de éste, o de los medios concertados;
III.- Que no hayan sabido antes que se iba a cometer el nuevo delito, y
IV.- Que no hayan estado presentes en la ejecución del nuevo delito, o que habiendo estado, hayan
hecho cuanto estaba de su parte para impedirlo.
Jurisprudencia. Corresponsabilidad penal dentro de los supuestos del art. 14 del codigo penal federal. El...
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