derecho
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
Bogotá, D. C., 7 de julio de 2013.
Aprobado según Acta No. 23 de la fecha.
Magistrado Ponente: Jaiver Tarache Pidiache
Radicación No. 4116-13
Referencia:
Proceso disciplinario de primera instancia
Denunciado:
Álvaro Weiss Bautista
Quejoso:
Andrés Garzón
Falta endilgada:
Injuriar o acusar temerariamentea un abogado en intervención en asuntos profesionales. (Art. 32 Ley 1123 de 2007.)
Decisión:
Sentencia.
Mediante esta providencia la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá D.C., asumiendo competencia del proceso remitido por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, quien declaró su incompetencia frente al presente asunto, procede aresolver lo que en derecho corresponda con respecto al proceso disciplinario adelantado en contra del Juez 36 Penal del Circuito de Bogotá D.C., doctor Álvaro Weiss Bautista, por haber acusado temerariamente a un grupo de abogados en desarrollo de una audiencia pública, atribuyéndosele por tal razón la comisión de la falta disciplinaria contenida en el artículo 32 de la ley 1123 de 2007.
I.HECHOS.
De acuerdo con lo anotado en el pliego de cargos estos se concretan en que el investigado, siendo el Juez de Conocimiento del proceso penal adelantado en contra de los señores Manuel, Miguel y Guido Nule y Mauricio Galofre, encontrándose en desarrollo de la audiencia preparatoria llevada a cabo dentro de ese proceso, en razón a que los abogados que tienen a su cargo la defensa técnica de losmencionados solicitaron nuevamente una suspensión de dicha audiencia, de manera temeraria los acusó de ser "unos delincuentes por utilizar al parecer maniobras dilatorias dentro del proceso"
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1.- Trámite Preliminar.
Habiéndose acreditado la calidad de abogado que ostenta el encartado, quien se identifica con cédula de ciudadanía No. 79.729.244 de Macheta(Cundinamarca) y tarjeta profesional vigente N° 23.432 del C.S. de la J, el Magistrado Instructor mediante auto de fecha 15 de mayo de 2.013, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 104 de la ley 1123 de 2007, dio apertura al proceso disciplinario disponiendo como fecha de realización de la audiencia de pruebas y calificación el día 31 de mayo de 2013
2.- Audiencia de Pruebas y Calificación Provisional.
Eldía señalado concurrieron el disciplinable junto con su defensor y el Ministerio Publico, en dicha audiencia se llevaron a cabo las siguientes actuaciones:
A.- El Magistrado Instructor dio a conocer los hechos y la queja por la cual se está desarrollando la actuación.
B.- En versión libre el doctor Álvaro Weiss manifestó que en ningún momento profirió palabras ofensivas en contra de la defensade los señores Nule y Galofre, que lo único que él dijo fue:
"por favor doctores yo les solicito que se abstengan de continuar dilatando el proceso mediante solicitudes de aplazamiento de las audiencias, pues no es la primer vez que esto pasa, dense cuenta que este caso es de trascendencia nacional y si continuamos dilatando el proceso se creerá que la administración de justicia no es eficaz".Afirma que sí pronunció la palabra "delincuentes", pero no acusándolos como tal, solo les dijo a los defensores que "si continúan en esa actitud quedaran ante el público como unos delincuentes".
C.- El magistrado Instructor consideró que había lugar a formular cargos en contra del doctor Weiss por cuanto es bastante probable que haya incurrido en la falta contenida en el artículo 32 de la ley 1123de 2007 al acusar de manera temeraria y dolosa a los apoderados de los señores Nule y Galofre en desarrollo de una actuación judicial, lo cual se demostraría con la grabación de los hechos que registró una de las cámaras presentes en la sala de audiencias, además sobre ese mismo hecho atestiguarían los señores Pedro Pérez y María Reyna quienes se hallaban presentes en el lugar de los hechos....
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