Derecho
el diccionario de la lengua española define a la concesion como:el otorgamiento gubernativo a favor de particulares de empresas, bien sea para apropiaciones, disfrutes o aprovechamientos privados en el dominio publico, segun acontece enminas, aguas, monetes obien para construir o explotar obras publicas, o bien para ordenar, sustentar o aprovechar servicios de la administracion general o local.
la concesion administrativa es iun porcedimientos discreionalefizaz dentro de la estructura de la scoaiedad moderna, para entregar a lo sparticulares ciertas actividades o explotacionde bienes federales que el estado no esta en condiciones de desarrollar porincapacidad economica, porque asi lo estima util o conveniente o se lo impide su propia organizacion.
la concesion estimula el fomento de la riqueza nacional, crea nuevos centros de trabajo, al mismotiempo que el estado recibe cantidades importantes por conceptosde impuestos. el particular estimulado por el espiritu de lucro, pone sus mejores esfuerzos para una explotacion intensiva de los recursosnaturales o una eficas a tencion de los servidores publicos concesionados.
La concesión se refiere a una actividad sobre la cual la Administración Pública tiene un monopolio de Derecho y se otorgaen interés público; la autorización recae sobre una actividad que no está sustraída del tráfico jurídico privado y se persigue el interés del destinatario. O sea, queda claro, a partir de lo antesexpuesto, que en nuestro país no se maneja un criterio uniforme de lo que se entiende por concesión administrativa, además, se emplea por cuestiones necesarias en cuanto a las precariedades económicas...
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