derecho
O. ALZAGA VILLAAMIL, I. GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, J. RODRÍGUEZ-ZAPATA: Derecho
Polí-
tico Español según la Constitución española de 1979. I. Constitución y fuentes
del Derecho, Madrid, CERA, 1997.
Son ya numerosos los manuales que, con mayor o menor grado de profundidad,
exponen el Derecho constitucional vigente. Hace unos meses se publicó el primer
Tomo del Derecho PolíticoEspañol redactado por Osear Alzaga con la colaboración
de Ignacio Gutiérrez (encargado de los dos Capítulos referidos a la legislación
delegada) y de Jorge Rodríguez-Zapata (que escribe el dedicado al Derecho Comunitario Europeo). Como era previsible, Osear Alzaga no se limita a añadir un texto
más a esa larga lista; acorde con su formación y con su trayectoria, ofrece al lector
una obra quepresenta rasgos caracterizados bien singulares.
Este libro se singulariza, en efecto, desde su propio título, que, completo, reza
Derecho Político Español según la Constitución española de 1978. Y se abre luego
con un Capítulo, «El Derecho Político», dedicado a defender la vieja y un tanto
desusada denominación y a reivindicar la tradición que ella evoca. La obra se inserta
expresamente, de esemodo, en una historia intelectual que con excesiva premura se
ha querido dar por liquidada.
En efecto, cuando irrumpió en el ámbito del Derecho Político un texto normativo
susceptible de aplicación judicial, se defendió la necesidad de prescindir, a la hora
de analizarlo, de los métodos y presupuestos acreditados en la materia. Sin embargo,
era evidente que no cabía edificar el nuevo DerechoConstitucional en el aire; aquélla
renuncia llevaba implícita la sumisión a una dogmática diferente. Osear Alzaga
publicó los vivos debates suscitados en torno a esta cuestión metodológica, como
director de la entonces muy prestigiosa Revista de Derecho Político; y prueba ahora
con este libro que no sólo es posible, sino que resulta estrictamente necesario apoyar
la elaboración científicadel Derecho Constitucional justo en su tradición propia. Con
la atención a la vida política, a fin de cuentas objeto suyo, el Derecho Constitucional
cobra densidad y perfiles; la depuración dogmática deja de presentarse como un
refinamiento banal cuando se ponen de manifiesto los problemas reales de poder que
se afrontan con ella; la Constitución logra su plenitud de sentido al orientarla haciael devenir del Estado.
La obra también resulta clásica en ciertos rasgos formales. Ante todo, en el
lenguaje. Osear Alzaga se aleja abiertamente del frío y no muy elegante estilo que
se ha generalizado en los estudios jurídicos, aprovechando para ello todos los saberes
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Revista de Enudios Políticos (Nueva Época)
Núm. 101. Julio-Septiembre I99K
RECENSIONHS
de su vasta formación,envidiable para los profesores más jóvenes. Cumple así su
obra la impagable tarea de transmitir un erudito y no convencional depósito de citas,
datos e incluso anécdotas que sin duda merecen perdurar en la memoria de la
disciplina; sólo por recibirlo compensaría ya su lectura. También prefiere el autor,
en sintonía con la mejor tradición académica y jurídica, el debate y la construcción
de undiscurso a la mera exposición ordenada de materiales. Y, por todo ello, no se
limita a reproducir conocimientos elementales, sino que profundiza y se extiende
hasta perforar y desbordar en muchas ocasiones los estrechos cauces en los que
convencional e insensiblemente se van recluyendo no pocos manuales.
Pero Osear Alzaga no sólo respeta el legado de nuestra disciplina, que a fin de
cuentastroquela su propia formación intelectual. Al mismo tiempo demuestra un
muy preciso conocimiento de su desarrollo práctico y teórico. El libro se enriquece,
de un lado, con los datos y con los juicios extraídos por su autor de su preferente
dedicación al ejercicio libre de la abogacía. Y resulta asimismo notable su capacidad
para mantenerse a la vez suficientemente informado del mucho material...
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