derecho
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario la reforma de la actual Ley de Notariado, toda vez que contiene
disposiciones que son rémora para la libre y pronta contratación:
CONSIDERANDO:
Que es imperativo modernizar los preceptos de la referida ley, y unificar en un sólo cuerpo
claro y congruente todas las disposiciones que se refieren a la actividadnotarial.
POR TANTO,
DECRETA:
El siguiente:
CODIGO DE NOTARIADO
TITULO I Notarios
Artículo 1. El Notariado tiene fe pública para hacer constar y autorizar actos y contratos en que intervenga por disposición de la ley o a requerimiento de parte.
Artículo 2. Para ejercer el notariado se requiere: art.144 de la cprg.
1. Ser guatemalteco natural, mayor de edad, del estado seglar, ydomiciliado en la
República, salvo lo dispuesto en el inciso 2o. del Artículo 6.
2. Haber obtenido el título facultativo en la República o la incorporación con arreglo a la ley.
3. Haber registrado en la Corte Suprema de Justicia el título facultativo o de
Incorporación, y la firma y sello que usará con el nombre y apellidos usuales.
4. Ser de notoria honradez.
Colegiado 34 y 87-90 de laconstitución el código es del 1947 por eso no aparece
SAT: vende el papel sellado, facturas, contabilidad, especies fiscales---registrar firma y sella en elo registro de la propiedad—pagar los títulos a la contraluria de cuentas—impuesto fiscal
PROHIBICIONES ABSOLUTAS O DE INHABILITACIÒN
Artículo 3. Tienen impedimento para ejercer el notariado:
LOS INHABILITA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
1.Los civilmente incapaces.
2. Los toxicómanos y ebrios habituales.
3. Los ciegos, sordos o mudos y los que adolezcan de cualquier otro defecto físico o mental que les impida el correcto desempeño de su cometido.
LOS INHABILITA TRIBUNAL DE SENTENCIA
4. Los que hubieren sido condenados por alguno de los delitos siguientes: falsedad, robo, hurto, estafa, quiebra o insolvencia fraudulenta, cohecho einfidelidad en la custodia de documentos, y en los casos de prevaricato y malversación que señalan los artículos 240,241, 242, 243, 244 y 288 del Código Penal.
CAUSAS TEMPORALES O DE INCOMPATIBILIDAD
Artículo 4. No pueden ejercer el notariado:
1. Los que tengan auto de prisión motivado por alguno de los delitos a que se refiere elinciso 4o. del artículo anterior.
2. Los que desempeñen cargopúblico que lleve aneja jurisdicción.
3. Los funcionario y empleados de los Organismos Ejecutivo y Judicial y de las Municipalidades que devenguen sueldos del Estado o del municipio y el Presidente del Congreso de la República.
4. Los que no hayan cumplido durante un trimestre del año civil, o más, con las obligaciones que impone el Artículo 37 de este Código. Los Notarios que se encuentren eneste caso podrán expedir los testimonios especiales atrasados con, los requisitos que establece este Código, a efecto de subsanar dicho impedimento.
Artículo 5. Pueden ejercer el notariado, no obstante lo preceptuado en los incisos 2 y 3 del artículo anterior:
1) Los miembros del personal directivo y docente de la Universidad de San Carlos y los establecimientos de enseñanza del Estado.
2)“Los abogados consultores, consejeros o asesores. Los miembros o secretarios de las comisiones técnicas, consultivas o asesores redactores de las publicaciones oficiales, cuando el cargo que sirvan no sea de tiempo completo”.2
3) Los miembros del tribunal de Conflictos de Jurisdicción. derogado cc—32-2003
4) Los miembros de las corporaciones municipales que desempeñen sus cargos ad honorem, exceptoel alcalde.
5) (Suprimido por Decreto-Ley No. 172).
6) Los miembros de las Juntas de conciliación de los Tribunales de arbitraje y de las comisiones Paritarias que establece el Código de Trabajo, y los miembros de las Juntas Electorales y de los Jurados de Imprenta.
Artículo 6. Pueden también ejercer el notariado:
1. Los jueces de Primera Instancia, en las cabeceras de su jurisdicción en...
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