derecho
TITULO VII
DE LAS REGLAS ESPECIALES DE LAS COMPAÑIAS DE CREDITO
Artículo 182.- Clases de operaciones
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías, las operaciones siguientes:
1) Suscribir o contratar empréstitos, con el Gobierno, corporaciones departamentales o provinciales.
2) Adquirir fondos públicos y acciones u obligaciones de toda clase de empresas industriales ocompañías de crédito.
3) Crear empresas de caminos de hierro, canales, fábricas, minas, dársenas, almacenes generales de depósito, alumbrado, desmontes y roturaciones, riegos, desagues y cualesquiera otras industrias de utilidad pública.
4) Practicar la fusión o transformación de toda clase de sociedades mercantiles, y encargarse de la emisión de acciones u obligaciones de las mismas.
5)Administrar y arrendar toda clase de contribuciones y servicios públicos, y ejecutar por su cuenta, o ceder, con la aprobación del Gobierno, los contratos suscritos al efecto.
6) Vender o dar en garantía todas las acciones, obligaciones y valores adquiridos por la sociedad, y cambiarlos cuando lo juzgaren conveniente.
7) Prestar sobre efectos públicos, acciones u obligaciones, géneros, frutos, cosechas,fincas, fábricas, buques y sus cargamentos y otros valores, y abrir créditos en cuenta corriente, recibiendo en garantía efectos de igual clase.
8) Efectuar por cuenta de otras sociedades o personas toda clase de cobros o de pagos, y ejecutar cualquiera otra operación por cuenta ajena.
9) Recibir en depósito toda clase de valores en papel y metálico, y llevar cuentas corrientes concualesquiera corporaciones, sociedades o personas.
10) Girar y descontar letras u otros documentos de cambio.
Artículo 183.- Emisión de obligaciones y sus caracteres
Las compañías de crédito podrán emitir obligaciones por una cantidad igual a la que hayan empleado y exista representada por valores en cartera, sometiéndose a lo prescrito en la sección sobre Registro mercantil.
Estas obligacionesserán nominativas o al portador, y a plazo fijo que no baje en ningún caso, de treinta días; con la amortización, si la hubiere, e intereses que se determinen.
Concordancias:
L.G.S. 226 y ss.
TITULO VIII
BANCOS DE EMISION Y DESCUENTO
Artículo 184.- Clases de operaciones
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías, las operaciones siguientes: Descuentos, depósitos,cuentas corrientes, cobranzas, préstamos, giros y los contratos con el Gobierno o corporaciones públicas.
Artículo 185.- Encaje bancario
Los Bancos conservarán en metálico, en sus cajas, la cuarta parte, cuando menos, del importe de sus obligaciones con el público.
Artículo 186.- Publicación del estado bancario
Los Bancos publicarán, mensualmente al menos, y bajo la responsabilidad de susadministradores, en un periódico diario de la localidad, el estado de su situación.
Artículo 187.- Bancos de emisión
Los Bancos de emisión se regirán por las leyes que autoricen su establecimiento.
TITULO IX
COMPAÑIAS DE FERROCARRILES Y DEMAS OBRAS PUBLICAS
Artículo 188.- Clases de operaciones
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías, las operacionessiguientes:
1) La construcción de las vías férreas y demás obras públicas, de cualquiera clase que fueren.
2) La explotación de las mismas, bien a perpetuidad, o bien durante el plazo señalado en la concesión.
Concordancias:
D.Leg. 102 (29/5/81) ENAFER.
Artículo 189.- Capital social
El capital social de las compañías, unido a la subvención, si la hubiere, representará por lo menos la mitad delimporte del presupuesto total de la obra.
Las compañías no podrán constituirse mientras no tuvieren suscrito todo el capital social y realizado el 25 por 100 del mismo.
Artículo 190.- Emisión de obligaciones y sus caracteres
Las compañías de ferrocarriles y demás obras públicas, podrán emitir obligaciones al portador o nominativas, libremente y sin más limitaciones que las consignadas en...
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