Derecho
Resolución n° 61684 Corte de Apelaciones de Santiago
Dentro de la responsabilidad civil extracontractual encontramos un principio fundamental en materia de avaluacion de daños: El principio de la reparación integral, que nos indica que todo daño debe ser reparado, su fundamento legal esta en el artículo 2329 del código civil.
Sabemos que el daño causado puede ser decarácter patrimonial o extrapatrimonial, respecto al primero Barros lo define, como aquel que afecta bienes que tienen un significado económico, que se expresa en un valor de cambio, la victima tiene derecho a ser restituida a la situación patrimonial que tendría si no hubiese sufrido daño alguno, lo que se indemniza es el daño emergente y lucro cesante. El primero no deja dudas en cuanto a sudeterminación, pero el Lucro cesante, se mueve entre el daño cierto y eventual, muchas veces se plantea como una cuestión hipotética de probabilidad en donde se deberán probar la certidumbre y los elementos que determinan la producción del daño.
Respecto al daño extrapatrimonial Alessandri, lo define como el dolor, pesar o molestia que sufre una persona en su sensibilidad física o en sus sentimientos,creencias o afectos.
La jurisprudencia moderna señala que: es el sufrimiento o aflicción psicológica que lesiona el espíritu y se manifiesta en dolores e inquietudes espirituales y pesadumbre.
Es importante el concepto de daño moral y su extensión el cual ha ido evolucionando en el tiempo, ya que en nuestra legislación no se encuentra establecido y muchas veces se planteo la no procedencia dela indemnización del daño moral
La jurisprudencia nacional de principios del siglo XX reconoce la indemnización del daño moral la cual no se encuentra establecida en nuestro código, pero se infiere del artículo 2329 de nuestro código civil “reparación de todo daño”, Por lo demás, hay normas constitucionales que sirven para decir que el ordenamiento jurídico reconoce la indemnizaciónextrapatrimonial (art. 38 inc. ii de la CPR, norma que nos sirve para argumentar la validez de la sanción estimada por la resolución que comentamos, por cuanto se establece que ninguna persona puede ser dañada por órganos de la administración). Los tribunales actuales reconoce la reparación pecuniaria del daño, pues todo daño debe ser reparable teniendo el carácter de certidumbre y realidad, teniendo comopresupuesta la causalidad del hecho u omisión ilícita con la producción de daño.
En la sentencia que analizamos vemos que la municipalidad de Nuñoa adolece de una falta de servicios, se habla de mala administración o falta o tardía administración del servicio debiendo el órgano publico (municipalidad) responder por los daños, en este caso se cumplen con los hechos pues tienen el carácter decertidumbre y realidad, y el requisito de causalidad, que establece que se tratan de daños directos. Se genera la responsabilidad de la parte demandada.
Teniendo en cuenta el concepto de que la jurisprudencia ha ido adoptando de daño moral y el establecimiento de la responsabilidad para quien cause daños extrapatrimoniales debemos detenernos en la avaluacion del daño moral para tener el monto deindemnización a pagar.
Para empezar debemos decir al respecto es la dificultad que se nos presenta, el problema radica en el hecho de que la indemnización del daño moral implica asignarle un valor pecuniario a algo que no tiene precio. En la actualidad el sistema vigente y utilizado por los jueces es de la subjetividad o discrecionalidad no hay parámetros objetivos para determinar el quantum de laindemnización
En Chile la jurisprudencia a ocupado diversos criterios para establecer el monto de la indemnización, criterios que no han sido para nada uniformes.
1. El daño, mas relevante en el tema patromonial que extra- patrimonial
2. Variación extrínseca del daño a consecuencia de la desvalorización, el profesor Barros señala que el fundamento de esta obligación esta en el daño...
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