derecho
EXPEDIENTE No.1758/jc/257/13
OFENDIDO: ROGELIO PINITO
BASALDUA VILLASANTE.
DEMANDADO:
COLEGIO DOM BOSCO.
Apelación de Oficio:SPDMF/727/2013.
C. SUBPROCURADOR REGIONAL DE LA DEFENSA DEL MENOR Y LA FAMILIA.
P R E S E N T E . -
ROGELIO PINITO BASALDUA VILLASANTE, con personalidad debidamente acreditadaen autos del expediente a rubro indicado; acudo ante Usted C. Sub Procurador de la Defensa del Menor y la Familia con el deseo de APELAR SU OFICIO, bajo las siguientes consideraciones de hechos yleyes aplicables.
Que mediante el presente escrito y con legal apoyo por lo que dispone el Artículo 35 y 39 fracción III de la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia Intrafamiliar para elEstado de Sonora, en relación con el Artículo 8 Fracción III INCISO H, de la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia Intrafamiliar, a través del PROCEDIMIENTO DE CONCILIACION SE ENCUENTRAFACULTADO USTED C. SUBPROCURADOR DEL MENOR; PARA TENERME ADMITIDA MI DEMANDA Y LLEVAR A CABO LAS DILIGENCIAS NECESARIAS PARA LLEGAR A UN CONVENIO Y SE CUMPLA LO QUE SOLICITE EN MI DEMANDA.
Y Toda vezque aún subsiste por parte de Sub Procuraduría la Negativa a mi única pretensión que es la de que se lleve a cabo un PROCEDIMIENTO DE CONCILIACION, además de que usted como autoridad administrativa,solo se limita a analizar los artículos a que hago mención, se declara incompetente para llevar mi procedimiento y me desecha mi pretensión de fondo; donde sus argumentos no son validos aun que, cuandome dice, que solo trata cosas de carácter familiar, le vengo a notificar que la ley también maneja sus equiparables, como lo es el caso que le expongo; donde usted como autoridad además de lasfacultades que le da la ley sobre la familia también lo tiene en los equiparables, leyes, reglamentos, y códigos aplicados supletoriamente, tal y como la misma constitución lo establece.
Es por eso...
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