derecho
La aceptación es el acto mediante el que el principal responsable del pago de la letra, el girador, desciende a un segundo plano, en términos de responsabilidad, para cederle su lugar al girado, ni siquiera en calidad de principales, sino de principal obligado, a partir del momento en que acepte la letra, con la que se convierte en girado/aceptante.
Laaceptación debe constar en la letra y expresarse con la palabra acepto u otra equivalente (art. 97 de la LGTOC), desde luego debe aparecer la firma de quien acepto, aunque en una tesis singular la corte sostuvo que si el aceptante no sabe firmar pro imprime su huella digital y además otra firma en su nombre que da obligado.
La aceptación lleva a cabo de alguna de esas dos maneras se entiende incondicionaly en su defecto, es decir, en caso de que establezca condiciones, se entenderá que el girado no acepto la orden de pago (art. 99 de LGTOC). No obstante, el girado puede aceptarla por una cantidad menor a la consignada, por lo que será el principio obligado (art. 99 LGTOC), para ello, el beneficiario debe protestar la parte que no se acepto, a fin de no perder la acción cambiaria, por su parte lapersona que solicite la aceptación debe presentar la letra en el lugar y en la dirección designados por tales efectos y en caso de omisión debe presentarla en el domicilio o en el lugar residencial del girado1.
Eliminada en la mayoría de las legislaciones modernas cambiarias, la clausula de valor recibido o valuta como requisito esencial en este titulo resulta lógico que la aceptación no puedaestar condicionada al requisito de que el girador manifieste haber recibido alguna cantidad o efecto de comercio.
De esta suerte, no resulta exacta la afirmación de José Gómez, en el sentido de que el librador debe poner al librado en condiciones de atender su mandato y ello solo es posible mediante la provisión, que es la cantidad que dicho librador ha de poner a disposición del librado para quecon la misma pueda hacer frente al pago del documento2. Justo es tomar en consideración, empero, que esta opinión se explica por cuanto así lo disponía el hoy derogado art. 456 del C. Com., así pues la aceptación no es mas que la expresión mediante la firma de que se asume la obligación de pago en la forma ordenada por el girador.
Una letra de cambio pagadera a tiempo vista debe presentarse parasu aceptación dentro de los seis meses que sigan a su fecha, si bien cualquiera de los dos obligados puede reducir su plazo, siempre y cuando lo anote en el documento. Por lo que se refiere a la letra girada a día o plazo fecha, la presentación será potestativa salvo que el girador la hubiere exigido con indicación de un plazo determinado para la presentación. En cuanto a la letra con indicaciónde domiciliaria, al aceptante deberá precisar el nombre de la persona de la que debe pagarla. En caso de que la letra sea pagadera en el domicilio del girador, al aceptarla ese último puede señalar un domicilio diferente para el pago siempre que se encuentre en la misma plaza. Y con ello podemos llegar a una afirmación diciendo que la aceptación condicionada equivale a una negativa de aceptación,o bien la condición debe tenerse por no puesta.
La aceptación por intervención debe designar la persona en cuyo favor lo hace, pues, de no hacerlo, se entenderá que participa por el girador, aunque la recomendación haya sido hecha por un endosante, sin embargo esta aceptación por intervención provoca interesantes consecuencias:
El aceptante debe dar inmediato aviso de su intervención a lapersona en cuyo favor el presto.
Esta ultima, así como los endosantes previos, el girador y los avalistas de todos ellos pueden exigir al tenedor que les reciba el pago de la letra.
Finalmente, a la aceptación por intervención son implícales las reglas mencionadas respecto al lugar de pago.
La recomendación.
Cuando con el texto de la letra se recomienda a varios posibles aceptantes subsidiarios,...
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