derecho
Cuando la empresa de servicios públicos domiciliarios, la Superintendencia encargada de la inspecciónvigilancia y control de esta actividad o el juez administrativo adviertan la violación de un derecho fundamental constitucional del usuario o suscriptor del servicio, con ocasión de Es claro que por reglageneral al ser las empresas de servicios públicos verdaderas autoridades están sometidas a los principios constitucionales y legales propios de la función administrativa y el control deconstitucionalidad y legalidad de sus decisiones deben ser sometidas al escrutinio de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo mediante el ejercicio de las acciones de nulidad o nulidad y restablecimiento delderecho según corresponda en cada caso, con la posibilidad de solicitar la medida de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo objeto de demanda.
PRINCIPIO DE PROTECCIONEFECTIVA DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
Cuando la empresa de servicios públicos domiciliarios, la Superintendencia encargada de la inspección vigilancia y control de estaactividad o el juez administrativo adviertan la violación de un derecho fundamental constitucional del usuario o suscriptor del servicio, con ocasión de los trámites administrativos y jurisdiccionales...
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